III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16489)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar II, de 42,57 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla y Ambite, en las provincias de Guadalajara y Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102388
○ Tramo 5 (aéreo): Desde el apoyo 16 PAS de la línea a 220 kV «SET Ojeadores –
SET Armada» al pórtico de la subestación eléctrica transformadora Armada 30/220 kV.
Longitud: 0,28 Km.
□ Circuito 1:
■
■
■
■
■
Tensión: 220 kV.
N.º de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW tipo II-25 kA.
Número de apoyos: 2.
□ Circuito 2:
■
■
■
■
■
Tensión: 220 kV.
N.º de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW tipo II-25 kA.
Número de apoyos: 2.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte cuenta con autorización administrativa de construcción otorgada mediante
varias resoluciones de la Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 22
de noviembre de 2023 (Quilla Solar, SGEE/PFot-172) y, con fecha 20 de diciembre
de 2023 (Armada Solar, SGEE/PFot-192).
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada declaración de impacto ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza con la
relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por
el promotor y publicada el 15 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid», el 31 de agosto de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Guadalajara», y el 5 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», a los
efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que
sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el
condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la
instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del
Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
cve: BOE-A-2024-16489
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102388
○ Tramo 5 (aéreo): Desde el apoyo 16 PAS de la línea a 220 kV «SET Ojeadores –
SET Armada» al pórtico de la subestación eléctrica transformadora Armada 30/220 kV.
Longitud: 0,28 Km.
□ Circuito 1:
■
■
■
■
■
Tensión: 220 kV.
N.º de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW tipo II-25 kA.
Número de apoyos: 2.
□ Circuito 2:
■
■
■
■
■
Tensión: 220 kV.
N.º de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW tipo II-25 kA.
Número de apoyos: 2.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte cuenta con autorización administrativa de construcción otorgada mediante
varias resoluciones de la Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 22
de noviembre de 2023 (Quilla Solar, SGEE/PFot-172) y, con fecha 20 de diciembre
de 2023 (Armada Solar, SGEE/PFot-192).
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada declaración de impacto ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza con la
relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por
el promotor y publicada el 15 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid», el 31 de agosto de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Guadalajara», y el 5 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», a los
efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que
sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el
condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la
instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del
Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
cve: BOE-A-2024-16489
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.