I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-16328)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 101439
– El motivo de la declaratoria es continuar con la ejecución de acciones que
garanticen la preservación y el restablecimiento del orden interno en las zonas antes
mencionadas, como consecuencia de la inseguridad ciudadana y delitos corno el tráfico
ilícito de drogas, la trata de personas, la minería ilegal, entre otros. Durante el estado de
emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y
seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito
en el territorio, comprendidos en los artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 4 de diciembre de 2023.»
PERÚ.
05-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (2).
«7-1-S/2023/258.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a lo señalado en la nota verbal
LA41TR/2017/1V-4/Perú/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra informar lo
siguiente:
– Mediante Decreto Supremo n.° 131-2023-PCM, de fecha 29 de noviembre
de 2023, el Estado peruano ha prorrogado el estado de emergencia que fue declarado
mediante Decreto Supremo n.° 046-2023-PCM, en los distritos de Tambopata, Inambari,
Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata y en los distritos de Madre de Dios
y Huepetuhe de la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios, por el plazo
de (60) días calendario, a partir del 3 de diciembre de 2023.
– El motivo de la prórroga es continuar realizando actividades para combatir y
neutralizar la minería ilegal y sus delitos conexos, que afectan el normal
desenvolvimiento de las actividades de la ciudadanía en dichas zonas. Durante el estado
de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad
y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito
en el territorio, comprendidos en los Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
PERÚ.
12-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (1).
«7-1-S/2023/262.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
cve: BOE-A-2024-16328
Verificable en https://www.boe.es
Nueva York, 4 de diciembre de 2023.»
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 101439
– El motivo de la declaratoria es continuar con la ejecución de acciones que
garanticen la preservación y el restablecimiento del orden interno en las zonas antes
mencionadas, como consecuencia de la inseguridad ciudadana y delitos corno el tráfico
ilícito de drogas, la trata de personas, la minería ilegal, entre otros. Durante el estado de
emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y
seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito
en el territorio, comprendidos en los artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 4 de diciembre de 2023.»
PERÚ.
05-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (2).
«7-1-S/2023/258.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a lo señalado en la nota verbal
LA41TR/2017/1V-4/Perú/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra informar lo
siguiente:
– Mediante Decreto Supremo n.° 131-2023-PCM, de fecha 29 de noviembre
de 2023, el Estado peruano ha prorrogado el estado de emergencia que fue declarado
mediante Decreto Supremo n.° 046-2023-PCM, en los distritos de Tambopata, Inambari,
Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata y en los distritos de Madre de Dios
y Huepetuhe de la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios, por el plazo
de (60) días calendario, a partir del 3 de diciembre de 2023.
– El motivo de la prórroga es continuar realizando actividades para combatir y
neutralizar la minería ilegal y sus delitos conexos, que afectan el normal
desenvolvimiento de las actividades de la ciudadanía en dichas zonas. Durante el estado
de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad
y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito
en el territorio, comprendidos en los Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
PERÚ.
12-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (1).
«7-1-S/2023/262.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
cve: BOE-A-2024-16328
Verificable en https://www.boe.es
Nueva York, 4 de diciembre de 2023.»