I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-16328)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 101463
– NITI 20061220200.
CONVENCIÓN INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE TODAS LAS
PERSONAS CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS.
Nueva York, 20 de diciembre de 2006. BOE: 18-02-2011, n.º 42.
SUDÁFRICA.
14-05-2024 ADHESIÓN.
13-06-2024 ENTRADA EN VIGOR.
TAILANDIA.
14-05-2024 RATIFICACIÓN.
13-06-2024 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente reserva:
«... el Reino de Tailandia no se considera obligado por el párrafo 1 del artículo 42 de
la Convención.»
COSTA DE MARFIL.
06-06-2024 ADHESIÓN.
06-07-2024 ENTRADA EN VIGOR.
– NITI 20130624200.
PROTOCOLO N.º 15 DE ENMIENDA AL CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE
LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES.
Estrasburgo, 24 de junio de 2013. BOE: 07-05-2021, n.º 109.
UCRANIA.
04-04-2024 RETIRADA PARCIAL DE DEROGACIÓN CON EFECTOS DESDE
EL 04-04-2024.
«REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE UCRANIA ANTE EL CONSEJO DE
EUROPA.
N.º 31011/32-119-46585.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y, en nombre del Gobierno
de Ucrania, tiene el honor de comunicarle la información actualizada, preparada por el
Ministerio de Justicia, sobre las medidas de suspensión de las obligaciones dimanantes
del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades
Fundamentales, adoptadas de conformidad con el artículo 15 del Convenio y en razón de
la introducción de la ley marcial en Ucrania.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la
ocasión para reiterar a la Secretaria General el testimonio de su más alta consideración.
cve: BOE-A-2024-16328
Verificable en https://www.boe.es
NOTA VERBAL
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 101463
– NITI 20061220200.
CONVENCIÓN INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE TODAS LAS
PERSONAS CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS.
Nueva York, 20 de diciembre de 2006. BOE: 18-02-2011, n.º 42.
SUDÁFRICA.
14-05-2024 ADHESIÓN.
13-06-2024 ENTRADA EN VIGOR.
TAILANDIA.
14-05-2024 RATIFICACIÓN.
13-06-2024 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente reserva:
«... el Reino de Tailandia no se considera obligado por el párrafo 1 del artículo 42 de
la Convención.»
COSTA DE MARFIL.
06-06-2024 ADHESIÓN.
06-07-2024 ENTRADA EN VIGOR.
– NITI 20130624200.
PROTOCOLO N.º 15 DE ENMIENDA AL CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE
LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES.
Estrasburgo, 24 de junio de 2013. BOE: 07-05-2021, n.º 109.
UCRANIA.
04-04-2024 RETIRADA PARCIAL DE DEROGACIÓN CON EFECTOS DESDE
EL 04-04-2024.
«REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE UCRANIA ANTE EL CONSEJO DE
EUROPA.
N.º 31011/32-119-46585.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a la Secretaria General del Consejo de Europa y, en nombre del Gobierno
de Ucrania, tiene el honor de comunicarle la información actualizada, preparada por el
Ministerio de Justicia, sobre las medidas de suspensión de las obligaciones dimanantes
del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades
Fundamentales, adoptadas de conformidad con el artículo 15 del Convenio y en razón de
la introducción de la ley marcial en Ucrania.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la
ocasión para reiterar a la Secretaria General el testimonio de su más alta consideración.
cve: BOE-A-2024-16328
Verificable en https://www.boe.es
NOTA VERBAL