III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190

Miércoles 7 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 101806

9. Que consiente la cesión a un organismo independiente de los datos requeridos para la elaboración de los
indicadores de resultados contemplados en el plan de evaluación del régimen de ayudas notificado a la
Comisión Europea.
10. Que la entidad solicitante, aunque finalmente no resulte beneficiaria, consiente en colaborar con la
aportación de información sobre su evolución empresarial durante los años que dure el programa, a fin de
poder hacer estimaciones sobre la evaluación del impacto del programa.
11. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679, la Ley Orgánica 3/2018 así como en la demás normativa
vigente de protección de datos personales, consiente a que los datos personales incluidos en el
procedimiento de concesión de ayudas del PERTE de Descarbonización Industrial formen parte de un
fichero propiedad del Ministerio de Industria y Turismo gestionado por la Dirección General de Programas
Industriales. Los datos se utilizarán para enviar a la entidad solicitante las comunicaciones relativas al
procedimiento que no se realicen mediante notificación electrónica y evaluar la elegibilidad de los gastos
financiables en concepto de costes de personal. Los datos serán conservados durante el tiempo necesario
para cumplir con la finalidad para la que fueron recabados y determinar las posibles responsabilidades que
se pudieran derivar. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y conservación de
documentación del Ministerio de Industria y Turismo, lo que podría extender el plazo de conservación de los
datos personales al amparo del art 89.1 RGPD. Se prevé la cesión de los datos personales a la IGAE, el
Tribunal de Cuentas, el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea, OLAF, la Comisión Europea y a la
encomienda de gestión que resulte adjudicataria. Pueden ejercitar los derechos reconocidos en los art. 15
a 22 del RGPD mediante una solicitud firmada electrónicamente a PERTEDescarbonizacion@mincotur.es .
Asimismo, tienen derecho a presentar una reclamación ante la AEPD, con carácter previo y si así lo
prefirieran, pueden dirigirse al Delegado de Protección de Datos (dpd@mincotur.es). Para más información:
https://www.mincotur.gob.es/es-es/proteccion-datos/Paginas/proteccion-datos-personales.asp
12.

Que pertenece a un grupo empresarial (el grupo actúa como una unidad económica única). En ese caso,
marcar la casilla.

13. En el caso de pertenencia a un grupo empresarial, que todas las entidades pertenecientes al grupo
empresarial cumplen con los apartados 1º y 4º de esta declaración,
14.

Que dispone de instalaciones afectadas por el régimen de comercio de derechos de emisión de gases
de efecto invernadero. En ese caso, marcar la casilla.

15.

Que desea ser inscrita en el Registro estatal establecido en el Capítulo II del Título II del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
caso, marcar la casilla.

16.

Que autoriza al Ministerio de Industria y Turismo, a que obtenga de forma directa, de los órganos
competentes, los certificados electrónicos relativos al cumplimiento de obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social. En ese caso, marcar la casilla.

cve: BOE-A-2024-16383
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Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En ese