V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2024-28471)
Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos afectados, y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras relativas al ‘‘Proyecto de modernización del regadío de la C.R. del tramo II del canal de margen izquierda del Najerilla (La Rioja)" Nº de Expediente SGRCNIR: 23.P19. Fase I Expropiaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de agosto de 2024

Sec. V-B. Pág. 43928

expropiación, podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos
efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al
relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se
dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes del Tramo II del Canal
de Margen Izquierda del Najerilla, Calle San Fernando, 63. 26300 Nájera (La
Rioja), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado
para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.
La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse
a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el
Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Rioja, así como en las
dependencias de los Ayuntamientos de Alesanco, Torrecilla sobre Alesanco y
Canillas de Río Tuerto.
Al mismo tiempo, y en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, esta Dirección General ha resuelto convocar a los propietarios de los
bienes y derechos afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento de
Alesanco, el día 23 de septiembre en horario de tarde, y el día 24 de septiembre,
en horario de mañana. En el ayuntamiento de Torrecilla sobre Alesanco, el día 25
de septiembre en horario de mañana y en el Ayuntamiento de Canillas de Río
Tuerto, el día 25 de septiembre en horario de tarde, o bien en las dependencias
que a tal efecto designen dichos Ayuntamientos, al objeto de proceder al
preceptivo levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, las de
ocupación definitiva, con desplazamiento a la finca afectada para la toma de datos,
si se considerase preciso.
Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los
interesados, mediante citación individual, y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de La
Rioja y, en formato resumen, en dos diarios de la Rioja.
La inclusión de bienes de dominio público en la relación adjunta de bienes y
derechos afectados que se somete a la referida información pública, a tenor de lo
establecido en el artículo 6 a) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio
de las Administraciones Públicas, se realiza a los solos efectos de posibles
intereses que terceras personas puedan alegar sobre dichos bienes, sin perjuicio
de que simultáneamente se tramite el procedimiento establecido para obtener la
disponibilidad de dichos terrenos con las Administraciones correspondientes, en
virtud del principio de cooperación que rige en sus relaciones, según dispone el
artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público. La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en
el artículo 44 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como
las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de La Rioja y, en formato
resumen, en dos diarios de La Rioja, así como en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos de Alesanco, Torrecilla sobre Alesanco y Canillas de Río Tuerto,
servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares
de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se
ignore su paradero.
Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera
preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con
ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber
públicamente a los asistentes.

cve: BOE-B-2024-28471
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Núm. 189