II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE DEFENSA. Destinos. (BOE-A-2024-16236)
Resolución 400/38338/2024, de 24 de julio, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 400/38446/2023, de 17 de noviembre, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución 400/38292/2023, de 6 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 100673
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE DEFENSA
16236
Resolución 400/38338/2024, de 24 de julio, de la Subsecretaría, por la que se
modifica la Resolución 400/38446/2023, de 17 de noviembre, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución 400/38292/2023,
de 6 de julio.
Por Resolución 400/38446/2023, de 17 de noviembre (BOE núm. 284, de 28 de
noviembre), de la Subsecretaría de Defensa, se resolvió el concurso específico
convocado por Resolución 400/38292/2023, de 6 de julio (BOE núm. 164, de 11 de julio).
Por Resolución de la Subsecretaria de Defensa, de fecha 10 de mayo de 2024, se
estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto por don Ricardo San Julián
Aguilar, admitiendo la documentación presentada por el funcionario.
Reunida la Comisión de Valoración y tras la valoración del mérito alegado,
don Ricardo San Julián Aguilar resulta adjudicatario del puesto solicitado.
Esta Subsecretaría resuelve:
Primero.
Modificar el anexo de la Resolución 400/38446/2023, de 17 de noviembre, por la que
se resuelve el concurso específico convocado por Resolución 400/38292/2023 de 6 de
julio, para la provisión de puestos de trabajo en este departamento adjudicando el puesto
de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución al funcionario don
Ricardo San Julián Aguilar, con la puntuación expresada en el mismo.
Segundo.
Tercero.
El destino adjudicado tendrá la consideración de voluntario y, en consecuencia, no
generará derecho a indemnización por concepto alguno. El puesto obtenido será
irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, el interesado
obtenga otro destino mediante convocatoria pública y opte por el mismo, en cuyo caso,
vendrá obligado a comunicar por escrito, en los tres días hábiles siguientes, a este
Ministerio, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del
cve: BOE-A-2024-16236
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o supone el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a computarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso
comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse
desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios, se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que hayan sido concedidos al interesado salvo que por causas justificadas, el
órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los
funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará
el cese y la toma de posesión en el nuevo destino, sin que por ello finalice la licencia que
tengan concedida.
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 100673
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE DEFENSA
16236
Resolución 400/38338/2024, de 24 de julio, de la Subsecretaría, por la que se
modifica la Resolución 400/38446/2023, de 17 de noviembre, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución 400/38292/2023,
de 6 de julio.
Por Resolución 400/38446/2023, de 17 de noviembre (BOE núm. 284, de 28 de
noviembre), de la Subsecretaría de Defensa, se resolvió el concurso específico
convocado por Resolución 400/38292/2023, de 6 de julio (BOE núm. 164, de 11 de julio).
Por Resolución de la Subsecretaria de Defensa, de fecha 10 de mayo de 2024, se
estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto por don Ricardo San Julián
Aguilar, admitiendo la documentación presentada por el funcionario.
Reunida la Comisión de Valoración y tras la valoración del mérito alegado,
don Ricardo San Julián Aguilar resulta adjudicatario del puesto solicitado.
Esta Subsecretaría resuelve:
Primero.
Modificar el anexo de la Resolución 400/38446/2023, de 17 de noviembre, por la que
se resuelve el concurso específico convocado por Resolución 400/38292/2023 de 6 de
julio, para la provisión de puestos de trabajo en este departamento adjudicando el puesto
de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución al funcionario don
Ricardo San Julián Aguilar, con la puntuación expresada en el mismo.
Segundo.
Tercero.
El destino adjudicado tendrá la consideración de voluntario y, en consecuencia, no
generará derecho a indemnización por concepto alguno. El puesto obtenido será
irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, el interesado
obtenga otro destino mediante convocatoria pública y opte por el mismo, en cuyo caso,
vendrá obligado a comunicar por escrito, en los tres días hábiles siguientes, a este
Ministerio, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del
cve: BOE-A-2024-16236
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El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o supone el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a computarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso
comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse
desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios, se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que hayan sido concedidos al interesado salvo que por causas justificadas, el
órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los
funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará
el cese y la toma de posesión en el nuevo destino, sin que por ello finalice la licencia que
tengan concedida.