II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-16243)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 100775
dirigirán a la Subdirección General de Planificación y Gestión de Recursos Humanos
(EA0038840). Asimismo, el personal con destino en la Administración General
del Estado podrá presentar las instancias a través del portal Funciona, siendo
imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de
la FNMT). Dentro del portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio
SIGP > Mis servicios de RR. HH. (SIGP) > Convocatoria libre designación.
Tercera.
Junto con la solicitud, ajustada al modelo del anexo II, habrá de presentar la
siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en formato normalizado, pudiendo valerse de estándares
europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv), en el que habrán de
constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades
formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de
los requisitos y competencias profesionales. En respaldo de ello, podrán aportarse
asimismo certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde
se prestaban servicios.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el
desempeño del puesto.
– El cuestionario de autoevaluación previsto en anexo III, debidamente
cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas.
– Expediente personal obtenido del Portal Funciona si presta servicios en
la Administración General del Estado. Quienes no presten servicios en otra
Administración deberán aportar asimismo un certificado extendido por la Unidad de
personal de la Administración donde se encuentre destinado, especificando el tipo de
relación de servicios, el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel
del puesto de trabajo que estuviera desempeñando, los puestos desempeñados con
anterioridad y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
La selección se realizará atendiendo a criterios de idoneidad, competencia
profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el
aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará con
referencia a los méritos incluidos en el anexo I.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano
competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno
de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto incluido en
el anexo I.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, se celebrarán entrevistas, que serán comunicadas a las personas
candidatas con, al menos, 48 horas de antelación.
De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el
nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, realizar una
selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, serán objeto de entrevista.
Para asesorar al órgano competente para el nombramiento se designan en calidad
de personas expertas a la Directora General de Políticas Turísticas y a la Subdirectora
General de Planificación y Gestión de Recursos Humanos del Departamento. En caso de
vacante, ausencia o enfermedad podrán ser suplidas por la Directora del Gabinete de
la Secretaría de Estado de Turismo y por la Subdirectora General Adjunta
de Planificación y Gestión de Recursos Humanos del Departamento, respectivamente.
Las personas designadas deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de
valoración. A las mismas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas
cve: BOE-A-2024-16243
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 100775
dirigirán a la Subdirección General de Planificación y Gestión de Recursos Humanos
(EA0038840). Asimismo, el personal con destino en la Administración General
del Estado podrá presentar las instancias a través del portal Funciona, siendo
imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de
la FNMT). Dentro del portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio
SIGP > Mis servicios de RR. HH. (SIGP) > Convocatoria libre designación.
Tercera.
Junto con la solicitud, ajustada al modelo del anexo II, habrá de presentar la
siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en formato normalizado, pudiendo valerse de estándares
europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv), en el que habrán de
constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades
formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de
los requisitos y competencias profesionales. En respaldo de ello, podrán aportarse
asimismo certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde
se prestaban servicios.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el
desempeño del puesto.
– El cuestionario de autoevaluación previsto en anexo III, debidamente
cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas.
– Expediente personal obtenido del Portal Funciona si presta servicios en
la Administración General del Estado. Quienes no presten servicios en otra
Administración deberán aportar asimismo un certificado extendido por la Unidad de
personal de la Administración donde se encuentre destinado, especificando el tipo de
relación de servicios, el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel
del puesto de trabajo que estuviera desempeñando, los puestos desempeñados con
anterioridad y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
La selección se realizará atendiendo a criterios de idoneidad, competencia
profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el
aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará con
referencia a los méritos incluidos en el anexo I.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano
competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno
de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto incluido en
el anexo I.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, se celebrarán entrevistas, que serán comunicadas a las personas
candidatas con, al menos, 48 horas de antelación.
De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el
nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, realizar una
selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, serán objeto de entrevista.
Para asesorar al órgano competente para el nombramiento se designan en calidad
de personas expertas a la Directora General de Políticas Turísticas y a la Subdirectora
General de Planificación y Gestión de Recursos Humanos del Departamento. En caso de
vacante, ausencia o enfermedad podrán ser suplidas por la Directora del Gabinete de
la Secretaría de Estado de Turismo y por la Subdirectora General Adjunta
de Planificación y Gestión de Recursos Humanos del Departamento, respectivamente.
Las personas designadas deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de
valoración. A las mismas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas
cve: BOE-A-2024-16243
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.