III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 100156

ANEXO III

PROCEDIMIENTO DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA

Esta actuación fiscalizadora ha sido considerada de interés prioritario para el desarrollo de
fiscalizaciones conjuntas en el año 2022 por la Comisión de Coordinación en el ámbito local del
TCu y los OCEX, siendo desarrollada de forma coordinada entre el TCu y los OCEX de las
CCAA.
Con objeto de dar homogeneidad a los trabajos, se establecieron unas Líneas Básicas de
actuación, que han fijado con carácter común los ámbitos subjetivo, objetivo y temporal, los
objetivos de la fiscalización, los criterios de evaluación y los cuestionarios base para solicitar
información.
Cada OCEX ha llevado a cabo la actuación fiscalizadora sobre las entidades del ámbito territorial
en el que desarrolla su competencia fiscalizadora y el TCu la ha realizado sobre las entidades de
las CCAA sin OCEX (Cantabria, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia), así como sobre
aquellas en las que dichos órganos no participaron de esta actuación coordinada (Andalucía,
Canarias y Castilla-La Mancha130).
Para el cumplimiento de los objetivos de la fiscalización se han utilizado los procedimientos
habituales y específicos para cada una de las diferentes áreas de fiscalización, que han quedado
plasmados en los correspondientes programas de trabajo, dirigidos a la obtención de evidencias
adecuadas y suficientes.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras no se han producido limitaciones que hayan
impedido cumplir los objetivos previstos.
Con objeto de exponer una visión global de la situación existente en el territorio nacional, en el
presente informe se recogen los principales resultados de las actuaciones fiscalizadoras llevadas
a cabo por el TCu y los OCEX en cada uno de los territorios, cuyos resultados específicos se
muestran, en su caso, en el correspondiente informe de fiscalización elaborado por cada entidad
fiscalizadora, como un informe independiente o como un apartado específico dentro del informe
anual sobre su sector público local.

130

La Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha fue creada por la ley 7/2021, de 3 de diciembre. No obstante, no
comenzó su funcionamiento hasta la aprobación de su Reglamento de Organización y Funcionamiento el 30 de marzo
de 2023.

cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es

Los trabajos se han desarrollado, esencialmente, en la sede del TCu/OCEX, solicitando y
obteniendo la información y documentación a través de la sede electrónica de la institución. Se
han analizado cuantos documentos, registros, expedientes, actas o informes se han considerado
adecuados para la consecución de los objetivos. Por su parte, cada OCEX ha realizado las
oportunas verificaciones sobre las entidades del ámbito territorial en el que desarrolla su
competencia fiscalizadora. Los resultados obtenidos se han integrado para todo el territorio.