III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-16169)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Burgos, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 100226

II. La cláusula duodécima del citado convenio establece que la modificación del
contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.
III. Con fecha 29 de diciembre de 2021 (fecha de inscripción en REOICO de 18 de
enero de 2022), y vigencia hasta el 2 de marzo de 2026, se suscribió Adenda de
prórroga al Convenio entre la Universidad de Burgos y la Intervención General de la
Administración del Estado (IGAE) para la realización de prácticas académicas externas.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente
competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
Primera.

Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es la modificación de las cláusulas octava y novena
del convenio.
Segunda. Modificación de la cláusula octava del Convenio entre la Universidad de
Burgos y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.
La cláusula octava queda redactada del siguiente modo:
«La Universidad de Burgos y la Intervención General de la Administración del
Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este
documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación
alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas,
la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, las prácticas formativas serán no
remuneradas, dando prioridad a las curriculares, correspondiendo a la Universidad
el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.»
Tercera.

Modificación de la cláusula novena del convenio.

«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante
la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será
asumida, exclusivamente, por la universidad en aquellos casos no cubiertos por la
seguridad social.
La universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los
daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el
periodo de duración.»
Cuarta.

Eficacia.

La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de Burgos
y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una
vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-16169
Verificable en https://www.boe.es

La cláusula novena queda redactada del siguiente modo: