III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-16196)
Resolución de 29 de julio de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Ourense, para la cesión de información procedente de la base padronal del INE en el ámbito de los trabajos previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100532
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer el marco en cuanto a las condiciones y
procedimiento para la cesión de la información procedente de la base padronal del
Instituto Nacional de Estadística, en la forma de los ficheros denominados de
«personas», «hogares» y «viviendas» en el ámbito de los trabajos para la puesta en
marcha de un nuevo sistema de gestión de información territorial para la coordinación de
los Padrones municipales, a las entidades beneficiaras de las subvenciones previstas en
la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, del Ministerio de Política Territorial por la
que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente
a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los
sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondientes a los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable.
El contenido y la descripción de estos ficheros figura en la Guía Técnica del INE a la
que se refiere el artículo 5.2, primer párrafo, de la Orden TER/1235/2023; la cual se
encuentra publicada en el portal de internet del INE: IDA-Padrón: https://idapadron.ine.es/
idapadron-web/idapadron-documentacion.
Segunda. Cesión de ficheros municipales y municipios adheridos en base a la
Disposición adicional cuarta de la Orden TER/1235/2023.
El INE entregará a la Diputación Provincial de Ourense los ficheros de los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable, conforme al listado de municipios incluido
en la solicitud de la subvención, previsto en el artículo 15.3.b).2.º de la Orden
TER/1235/2023, de 15 de noviembre.
Asimismo, el INE facilitará los ficheros de los municipios mayores de 20.000 habitantes
que se hayan adherido con posterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención,
o que puedan adherirse con posterioridad a la fecha de suscripción del presente convenio,
conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Orden TER/1235/2023,
mediante la remisión de los anexos de adhesión correspondientes para su aprobación e
inclusión en el proyecto, a través de la sede electrónica de la convocatoria de subvenciones
(https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/520).
Tercera. Obligaciones de confidencialidad y uso exclusivo de los ficheros para la
finalidad para la que son cedidos, por todas las personas intervinientes en los
trabajos.
En virtud de lo establecido en el artículo 5.1.b) Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos, así como lo contemplado por la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
información que se facilita proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines
para los que se cede.
Relacionando con el punto anterior se garantizarán las medidas de seguridad tal y
como establece el Esquema Nacional de Seguridad regulado en el Real Decreto 311/2022
de 5 de mayo, dirigidas a conservar la confidencialidad de la información.
cve: BOE-A-2024-16196
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100532
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer el marco en cuanto a las condiciones y
procedimiento para la cesión de la información procedente de la base padronal del
Instituto Nacional de Estadística, en la forma de los ficheros denominados de
«personas», «hogares» y «viviendas» en el ámbito de los trabajos para la puesta en
marcha de un nuevo sistema de gestión de información territorial para la coordinación de
los Padrones municipales, a las entidades beneficiaras de las subvenciones previstas en
la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, del Ministerio de Política Territorial por la
que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente
a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los
sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondientes a los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable.
El contenido y la descripción de estos ficheros figura en la Guía Técnica del INE a la
que se refiere el artículo 5.2, primer párrafo, de la Orden TER/1235/2023; la cual se
encuentra publicada en el portal de internet del INE: IDA-Padrón: https://idapadron.ine.es/
idapadron-web/idapadron-documentacion.
Segunda. Cesión de ficheros municipales y municipios adheridos en base a la
Disposición adicional cuarta de la Orden TER/1235/2023.
El INE entregará a la Diputación Provincial de Ourense los ficheros de los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable, conforme al listado de municipios incluido
en la solicitud de la subvención, previsto en el artículo 15.3.b).2.º de la Orden
TER/1235/2023, de 15 de noviembre.
Asimismo, el INE facilitará los ficheros de los municipios mayores de 20.000 habitantes
que se hayan adherido con posterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención,
o que puedan adherirse con posterioridad a la fecha de suscripción del presente convenio,
conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Orden TER/1235/2023,
mediante la remisión de los anexos de adhesión correspondientes para su aprobación e
inclusión en el proyecto, a través de la sede electrónica de la convocatoria de subvenciones
(https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/520).
Tercera. Obligaciones de confidencialidad y uso exclusivo de los ficheros para la
finalidad para la que son cedidos, por todas las personas intervinientes en los
trabajos.
En virtud de lo establecido en el artículo 5.1.b) Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos, así como lo contemplado por la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
información que se facilita proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines
para los que se cede.
Relacionando con el punto anterior se garantizarán las medidas de seguridad tal y
como establece el Esquema Nacional de Seguridad regulado en el Real Decreto 311/2022
de 5 de mayo, dirigidas a conservar la confidencialidad de la información.
cve: BOE-A-2024-16196
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 188