I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-16129)
Orden HAC/819/2024, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales; y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Modelo

303

Lunes 5 de agosto de 2024

NIF

Sec. I. Pág. 99218

Página 3

Apellidos y Nombre o Razón social

Información adicional
Entregas intracomunitarias de bienes y servicios ...................................................................................................................................

59

Exportaciones y operaciones asimiladas ...............................................................................................................................................

60

Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123) .......................................................................

120

Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo .............................................................................................................................

122

Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única ...............................................

123

Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única .......................................................................................

124

Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que habiéndoles sido aplicado el régimen especial
del criterio de caja hubieran resultado devengadas conforme a la regla general de devengo contenida en el art. 75 LIVA 62
Importes de las adquisiciones de bienes y servicios a las que sea de aplicación o afecte el régimen
especial del criterio de caja .................................................................................................................. 74

Base imponible

Cuota
63

Base imponible

Cuota soportada
75

Resultado
Regularización cuotas art. 80.Cinco.5ª LIVA .........................................................................................................................................

76

Suma de resultados (46 + 58 + 76) ....................................................................................................................................................

64

65
%
Atribuible a la Administración del Estado ...............................................................................................................................................

66

IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso ..........................................................................................................

77

Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores.........................................................................................................................

110

Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo ...................................................................................................

78

Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores (110 - 78) .....................................................................

87

(No se incluyen las cuotas a compensar generadas en este periodo)

Exclusivamente para sujetos pasivos que tributan conjuntamente a la Administración del Estado y a las Haciendas
Forales. Resultado de la regularización anual.

euros

68

Resultado de la autoliquidación (66 + 77 - 78 + 68 + 108) ................................................. 69
Resultado a ingresar correspondiente a la anterior autoliquidación o liquidación
administrativa del ejercicio y período objeto de la autoliquidación(*) .............................................................. 70
Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio y período objeto de la autoliquidación ....... 109

Resultado (69 - 70 + 109) ..................................................................................... 71
Exclusivamente para determinados supuestos de autoliquidación rectificativa por discrepancia de criterio administrativo
que no deban incluirse en otras casillas. Otros ajustes

* En caso de segundas y siguientes autoliquidaciones rectificativas se considerará la última autoliquidación con efectos (ver instrucciones del modelo 303)

euros

108

Sin actividad (4)

Sin actividad

Rectificativa (5)

Autoliquidación rectificativa
En este caso, consigne a continuación el número de justificante identificativo de la autoliquidación anterior.
Indique el motivo de la rectificación:
Rectificaciones (excepto incluidas en el motivo siguiente) ........
Discrepancia criterio administrativo .......................................

Nº. de justificante

cve: BOE-A-2024-16129
Verificable en https://www.boe.es

Si esta autoliquidación es rectificativa de otra autoliquidación anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y período, indíquelo marcando con una "X" esta casilla.