I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-16129)
Orden HAC/819/2024, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales; y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Modelo
303
Lunes 5 de agosto de 2024
NIF
Sec. I. Pág. 99218
Página 3
Apellidos y Nombre o Razón social
Información adicional
Entregas intracomunitarias de bienes y servicios ...................................................................................................................................
59
Exportaciones y operaciones asimiladas ...............................................................................................................................................
60
Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123) .......................................................................
120
Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo .............................................................................................................................
122
Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única ...............................................
123
Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única .......................................................................................
124
Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que habiéndoles sido aplicado el régimen especial
del criterio de caja hubieran resultado devengadas conforme a la regla general de devengo contenida en el art. 75 LIVA 62
Importes de las adquisiciones de bienes y servicios a las que sea de aplicación o afecte el régimen
especial del criterio de caja .................................................................................................................. 74
Base imponible
Cuota
63
Base imponible
Cuota soportada
75
Resultado
Regularización cuotas art. 80.Cinco.5ª LIVA .........................................................................................................................................
76
Suma de resultados (46 + 58 + 76) ....................................................................................................................................................
64
65
%
Atribuible a la Administración del Estado ...............................................................................................................................................
66
IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso ..........................................................................................................
77
Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores.........................................................................................................................
110
Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo ...................................................................................................
78
Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores (110 - 78) .....................................................................
87
(No se incluyen las cuotas a compensar generadas en este periodo)
Exclusivamente para sujetos pasivos que tributan conjuntamente a la Administración del Estado y a las Haciendas
Forales. Resultado de la regularización anual.
euros
68
Resultado de la autoliquidación (66 + 77 - 78 + 68 + 108) ................................................. 69
Resultado a ingresar correspondiente a la anterior autoliquidación o liquidación
administrativa del ejercicio y período objeto de la autoliquidación(*) .............................................................. 70
Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio y período objeto de la autoliquidación ....... 109
Resultado (69 - 70 + 109) ..................................................................................... 71
Exclusivamente para determinados supuestos de autoliquidación rectificativa por discrepancia de criterio administrativo
que no deban incluirse en otras casillas. Otros ajustes
* En caso de segundas y siguientes autoliquidaciones rectificativas se considerará la última autoliquidación con efectos (ver instrucciones del modelo 303)
euros
108
Sin actividad (4)
Sin actividad
Rectificativa (5)
Autoliquidación rectificativa
En este caso, consigne a continuación el número de justificante identificativo de la autoliquidación anterior.
Indique el motivo de la rectificación:
Rectificaciones (excepto incluidas en el motivo siguiente) ........
Discrepancia criterio administrativo .......................................
Nº. de justificante
cve: BOE-A-2024-16129
Verificable en https://www.boe.es
Si esta autoliquidación es rectificativa de otra autoliquidación anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y período, indíquelo marcando con una "X" esta casilla.
Núm. 188
Modelo
303
Lunes 5 de agosto de 2024
NIF
Sec. I. Pág. 99218
Página 3
Apellidos y Nombre o Razón social
Información adicional
Entregas intracomunitarias de bienes y servicios ...................................................................................................................................
59
Exportaciones y operaciones asimiladas ...............................................................................................................................................
60
Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123) .......................................................................
120
Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo .............................................................................................................................
122
Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única ...............................................
123
Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única .......................................................................................
124
Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que habiéndoles sido aplicado el régimen especial
del criterio de caja hubieran resultado devengadas conforme a la regla general de devengo contenida en el art. 75 LIVA 62
Importes de las adquisiciones de bienes y servicios a las que sea de aplicación o afecte el régimen
especial del criterio de caja .................................................................................................................. 74
Base imponible
Cuota
63
Base imponible
Cuota soportada
75
Resultado
Regularización cuotas art. 80.Cinco.5ª LIVA .........................................................................................................................................
76
Suma de resultados (46 + 58 + 76) ....................................................................................................................................................
64
65
%
Atribuible a la Administración del Estado ...............................................................................................................................................
66
IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso ..........................................................................................................
77
Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores.........................................................................................................................
110
Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo ...................................................................................................
78
Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores (110 - 78) .....................................................................
87
(No se incluyen las cuotas a compensar generadas en este periodo)
Exclusivamente para sujetos pasivos que tributan conjuntamente a la Administración del Estado y a las Haciendas
Forales. Resultado de la regularización anual.
euros
68
Resultado de la autoliquidación (66 + 77 - 78 + 68 + 108) ................................................. 69
Resultado a ingresar correspondiente a la anterior autoliquidación o liquidación
administrativa del ejercicio y período objeto de la autoliquidación(*) .............................................................. 70
Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio y período objeto de la autoliquidación ....... 109
Resultado (69 - 70 + 109) ..................................................................................... 71
Exclusivamente para determinados supuestos de autoliquidación rectificativa por discrepancia de criterio administrativo
que no deban incluirse en otras casillas. Otros ajustes
* En caso de segundas y siguientes autoliquidaciones rectificativas se considerará la última autoliquidación con efectos (ver instrucciones del modelo 303)
euros
108
Sin actividad (4)
Sin actividad
Rectificativa (5)
Autoliquidación rectificativa
En este caso, consigne a continuación el número de justificante identificativo de la autoliquidación anterior.
Indique el motivo de la rectificación:
Rectificaciones (excepto incluidas en el motivo siguiente) ........
Discrepancia criterio administrativo .......................................
Nº. de justificante
cve: BOE-A-2024-16129
Verificable en https://www.boe.es
Si esta autoliquidación es rectificativa de otra autoliquidación anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y período, indíquelo marcando con una "X" esta casilla.