II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Nombramientos. (BOE-A-2024-16131)
Orden EFD/821/2024, de 17 de julio, por la que, en estimación de recurso, se modifican la Orden EFD/122/2024, de 8 de febrero, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a los seleccionados en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados por Orden EDU/60/2022, de 15 de noviembre; y la Orden EFD/375/2024, de 18 de abril, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, se nombra personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a las personas seleccionadas en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados por Orden EDU/1554/2022, de 10 de noviembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 99224
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Orden EFD/821/2024, de 17 de julio, por la que, en estimación de recurso, se
modifican la Orden EFD/122/2024, de 8 de febrero, por la que, a propuesta
de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, se nombran funcionarios de carrera de
los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas,
Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Especialistas en Sectores
Singulares de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y
Diseño y de Maestros, a los seleccionados en los procedimientos selectivos
extraordinarios de estabilización convocados por Orden EDU/60/2022, de 15
de noviembre; y la Orden EFD/375/2024, de 18 de abril, por la que, a
propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y
León, se nombra personal funcionario de carrera de los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación
Profesional, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música
y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller
de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a las personas seleccionadas en
los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados
por Orden EDU/1554/2022, de 10 de noviembre.
La Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de
estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, («Boletín Oficial del Estado»
del 14), se dispone la publicación del citado Acuerdo de cooperación interadministrativa
para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del procedimiento aplicable a la
convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que
se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre.
En virtud de ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las
Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears,
Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de
Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de
Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla adoptaron el citado acuerdo de la Conferencia de
Educación de 2 de noviembre de 2022.
En la disposición cuarta del citado acuerdo, se recoge que la participación de las
personas que se presenten al concurso de méritos optando a las plazas convocadas por
las Administraciones educativas firmantes, se realizará a través de una única instancia
de participación que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado
la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos
de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados. A través de
esa única instancia, los participantes podrán solicitar, ordenándolas por orden de
cve: BOE-A-2024-16131
Verificable en https://www.boe.es
16131
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 99224
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Orden EFD/821/2024, de 17 de julio, por la que, en estimación de recurso, se
modifican la Orden EFD/122/2024, de 8 de febrero, por la que, a propuesta
de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, se nombran funcionarios de carrera de
los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas,
Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Especialistas en Sectores
Singulares de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y
Diseño y de Maestros, a los seleccionados en los procedimientos selectivos
extraordinarios de estabilización convocados por Orden EDU/60/2022, de 15
de noviembre; y la Orden EFD/375/2024, de 18 de abril, por la que, a
propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y
León, se nombra personal funcionario de carrera de los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación
Profesional, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música
y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller
de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, a las personas seleccionadas en
los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados
por Orden EDU/1554/2022, de 10 de noviembre.
La Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de
estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, («Boletín Oficial del Estado»
del 14), se dispone la publicación del citado Acuerdo de cooperación interadministrativa
para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del procedimiento aplicable a la
convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que
se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre.
En virtud de ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las
Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears,
Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de
Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de
Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla adoptaron el citado acuerdo de la Conferencia de
Educación de 2 de noviembre de 2022.
En la disposición cuarta del citado acuerdo, se recoge que la participación de las
personas que se presenten al concurso de méritos optando a las plazas convocadas por
las Administraciones educativas firmantes, se realizará a través de una única instancia
de participación que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado
la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos
de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados. A través de
esa única instancia, los participantes podrán solicitar, ordenándolas por orden de
cve: BOE-A-2024-16131
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