III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16119)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de las Mujeres, O.A., para colaborar en la realización del encuentro «Mujeres y conflictos internacionales: la perspectiva de género en la gestión y resolución de los conflictos armados».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99163
Ambas partes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran vigentes
y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este
documento; capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido el Real Decreto 472/2024,
de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades. La UIMP de acuerdo con su Estatuto se define
como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que
convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene
como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de
intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional,
cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones
españolas o extranjeras. El artículo 5 del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que
son funciones de la UIMP las de generación y transmisión del conocimiento en todos sus
campos.
II. Que el Instituto de las Mujeres es un organismo autónomo de los previstos en la
sección 2.ª, capítulo II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, adscrito al Ministerio de Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de
Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, según Real
Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre,
por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales,
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 16/1983, de 24 de octubre,
de creación del Organismo. Tiene como finalidad primordial la promoción y el fomento de
las condiciones que posibiliten la libertad, la igualdad real y efectiva entre mujeres y
hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica,
social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de
las personas por razón de sexo.
III. Que la UIMP, en cumplimiento de su fin institucional, va a realizar dentro de su
Programación académica ordinaria para el año 2024 el encuentro «Mujeres y conflictos
internacionales: la perspectiva de género en la gestión y resolución de los conflictos
armados», que ha sido aprobado por sus órganos de gobierno.
La UIMP considera de máximo interés académico y social la celebración de este
encuentro, que permitirá reflexionar sobre las discriminaciones sobre las mujeres
acentuadas en tiempos de guerra y cuáles son las posibles soluciones a las
vulneraciones del principio de igualdad de género reconocido internacionalmente y
ofrecer una actividad formativa de calidad y necesaria.
Dada la especial naturaleza y estructura organizativa de la UIMP, y teniendo en
cuenta la afinidad de la temática del encuentro con el área de actividad y especialización
del Instituto de las Mujeres, quiere contar con la colaboración del Instituto de las Mujeres
para el diseño del programa y para su realización.
IV. Que el Instituto de las Mujeres coincide con la UIMP en su interés por la
celebración de este encuentro, considerándolo de sumo interés y afín a sus objetivos y
fines institucionales, al promover una reflexión útil sobre estos temas y una oferta
formativa de calidad y necesaria.
Es por ello que el Instituto de las Mujeres quiere colaborar con la UIMP en la
realización del encuentro, así como en su financiación.
Que, en consecuencia, existiendo un interés común de las partes en la realización
del citado encuentro dentro de los fines que les son propios a cada una de ellas,
existiendo una colaboración académica entre las mismas, siendo necesario acordar la
financiación que aportará el Instituto de las Mujeres para la realización del encuentro, y
siendo el convenio el instrumento jurídico que la legislación contempla para formalizar
cve: BOE-A-2024-16119
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99163
Ambas partes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran vigentes
y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este
documento; capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido el Real Decreto 472/2024,
de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades. La UIMP de acuerdo con su Estatuto se define
como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que
convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene
como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de
intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional,
cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones
españolas o extranjeras. El artículo 5 del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que
son funciones de la UIMP las de generación y transmisión del conocimiento en todos sus
campos.
II. Que el Instituto de las Mujeres es un organismo autónomo de los previstos en la
sección 2.ª, capítulo II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, adscrito al Ministerio de Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de
Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, según Real
Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre,
por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales,
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 16/1983, de 24 de octubre,
de creación del Organismo. Tiene como finalidad primordial la promoción y el fomento de
las condiciones que posibiliten la libertad, la igualdad real y efectiva entre mujeres y
hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica,
social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de
las personas por razón de sexo.
III. Que la UIMP, en cumplimiento de su fin institucional, va a realizar dentro de su
Programación académica ordinaria para el año 2024 el encuentro «Mujeres y conflictos
internacionales: la perspectiva de género en la gestión y resolución de los conflictos
armados», que ha sido aprobado por sus órganos de gobierno.
La UIMP considera de máximo interés académico y social la celebración de este
encuentro, que permitirá reflexionar sobre las discriminaciones sobre las mujeres
acentuadas en tiempos de guerra y cuáles son las posibles soluciones a las
vulneraciones del principio de igualdad de género reconocido internacionalmente y
ofrecer una actividad formativa de calidad y necesaria.
Dada la especial naturaleza y estructura organizativa de la UIMP, y teniendo en
cuenta la afinidad de la temática del encuentro con el área de actividad y especialización
del Instituto de las Mujeres, quiere contar con la colaboración del Instituto de las Mujeres
para el diseño del programa y para su realización.
IV. Que el Instituto de las Mujeres coincide con la UIMP en su interés por la
celebración de este encuentro, considerándolo de sumo interés y afín a sus objetivos y
fines institucionales, al promover una reflexión útil sobre estos temas y una oferta
formativa de calidad y necesaria.
Es por ello que el Instituto de las Mujeres quiere colaborar con la UIMP en la
realización del encuentro, así como en su financiación.
Que, en consecuencia, existiendo un interés común de las partes en la realización
del citado encuentro dentro de los fines que les son propios a cada una de ellas,
existiendo una colaboración académica entre las mismas, siendo necesario acordar la
financiación que aportará el Instituto de las Mujeres para la realización del encuentro, y
siendo el convenio el instrumento jurídico que la legislación contempla para formalizar
cve: BOE-A-2024-16119
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 187