III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16114)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Autoridad Portuaria de Málaga, para la reproducción y difusión de documentos que se conservan en el Archivo General de Simancas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 99122

Ambas partes, actuando en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas y
reconociéndose mutua capacidad legal para intervenir en este acto
EXPONEN
I. Que corresponde a las Administraciones Públicas españolas, dentro de sus
respectivos ámbitos competenciales, promover el enriquecimiento, conservación y difusión
del Patrimonio Bibliográfico y Documental español, sin perjuicio de la colaboración de
otras entidades públicas o personas físicas y jurídicas privadas poseedoras de dicho
patrimonio o con fines de investigación y promoción cultural.
II. De la Legislación sobre Patrimonio Histórico Español y Patrimonio de las
Administraciones Publicas y, en su caso, Propiedad Intelectual se infiere la exigencia de
formalizar convenios de reproducción en desarrollo de la función pública de difusión,
conservación y defensa de la integridad del Patrimonio Bibliográfico y Documental
español para una adecuada difusión de la procedencia de los fondos originales o de los
centros que los custodian y para, en su caso, la salvaguarda de los derechos de
propiedad intelectual, sin perjuicio del destino o función cultural de dicho Patrimonio.
III. El Archivo General de Simancas, en adelante AGS, creado por Real Cédula de
Carlos V de 16 de septiembre de 1540, centro dependiente de la Dirección General de
Patrimonio Cultural y Bellas Artes a través de la Subdirección General de los Archivos
Estatales, tiene entre otras funciones el fomento de la conservación de su patrimonio
documental, su promoción y difusión nacional e internacional.
IV. Que el Ministerio de Cultura desea promover el conocimiento del Archivo
General de Simancas, mediante la colaboración con entidades públicas o personas
físicas o jurídicas privadas que faciliten el acceso a nuestro patrimonio cultural.
V. Que el Ministerio de Cultura conserva en el AGS una documentación relevante
para la puesta en valor de los ingenieros, arquitectos y marinos que han intervenido en el
puerto de Málaga a lo largo de la historia.
VI. Que la Autoridad Portuaria de Málaga en cumplimiento de sus funciones de
impulso del desarrollo de estudios e investigaciones en materias relacionadas con la
actividad portuaria y de colaboración para ello con otras entidades, establecidas en la
letra n) del punto 1 del artículo 26 del TRLPEMM, entiende que el fomento del conocimiento
de la historia del Puerto de Málaga en sus aspectos técnico-portuarios, comercial,
sociolaboral, de infraestructuras portuarias, buques, culturales, etc. debe estar cimentado en
referencias documentales dotadas de la necesaria solvencia histórica acreditada, como son
los documentos que sobre dicho Puerto de Málaga se hayan depositados en el AGS.
VII. Que la Autoridad Portuaria de Málaga en respuesta a estas funciones y fines
solicita al Ministerio de Cultura la reproducción de los documentos conservados en el
AGS que estén relacionados con los mapas, planos y dibujos producidos por los
ingenieros, arquitectos y marinos que han intervenido en el Puerto de Málaga con la
intención de difundirlo en la publicación «Un Puerto para la Historia: ingenieros y
militares, arquitectos y marinos», monografía de Francisco Cabrera Pablos, resultando
especialmente interesante para la Autoridad portuaria de Málaga la citada publicación en
el momento presente ante la celebración del ciento cincuenta aniversario de la Junta de
Obras del Puerto de Málaga en el presente año 2024.
VIII. Es competencia del Ministerio de Cultura colaborar con la Autoridad Portuaria
de Málaga en este proyecto de reproducción y difusión, proyecto que contribuye a
promover la utilización y el conocimiento práctico de los archivos, en cumplimiento de las
funciones atribuidas a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes,
Subdirección General de los Archivos Estatales, así como las atribuidas específicamente
al AGS en su Real Cédula de creación.
IX. Que ambas partes estiman que existen ámbitos donde confluyen sus objetivos y
en ese sentido consideran interesante el establecimiento de líneas de acción conjuntas
para la realización de proyectos que permitan una mayor eficiencia en el uso de las
actuaciones y recursos disponibles.

cve: BOE-A-2024-16114
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Núm. 187