III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16110)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99092
Segundo.
Que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., es una entidad del sector
público institucional prevista en el artículo 84.1 b de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que tiene por objeto promover la transparencia de
la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad,
salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y garantizar la
observancia de las disposiciones de buen gobierno; tiene personalidad jurídica propia y
plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e
independencia respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., de acuerdo con lo
establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e
Instituciones Públicas, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de
fecha 11 de julio de 2022, con la Abogacía General del Estado.
Cuarto.
Que, al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., ambas partes consideran
conveniente la designación por el Abogado General del Estado de uno o más Abogados
del Estado en activo que actúen como coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «convenio tipo» de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.
Sexto.
Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
convenio, de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto.
De conformidad con lo establecido en la citada Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el Real Decreto 649/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía
General del Estado, y en el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la
inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal, esta
podrá prestar asistencia jurídica al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I.,
por medio de los Abogados del Estado integrados en aquella. La asistencia jurídica
comprenderá tanto el asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante
cualesquiera jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales en los mismos términos previstos
para la asistencia jurídica a la Administración General del Estado.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., colaborará con los Abogados
del Estado para la mejor defensa de los intereses en litigio de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 6 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica
al Estado e Instituciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-16110
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99092
Segundo.
Que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., es una entidad del sector
público institucional prevista en el artículo 84.1 b de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que tiene por objeto promover la transparencia de
la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad,
salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y garantizar la
observancia de las disposiciones de buen gobierno; tiene personalidad jurídica propia y
plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e
independencia respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., de acuerdo con lo
establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e
Instituciones Públicas, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de
fecha 11 de julio de 2022, con la Abogacía General del Estado.
Cuarto.
Que, al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., ambas partes consideran
conveniente la designación por el Abogado General del Estado de uno o más Abogados
del Estado en activo que actúen como coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «convenio tipo» de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.
Sexto.
Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
convenio, de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto.
De conformidad con lo establecido en la citada Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el Real Decreto 649/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía
General del Estado, y en el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la
inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal, esta
podrá prestar asistencia jurídica al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I.,
por medio de los Abogados del Estado integrados en aquella. La asistencia jurídica
comprenderá tanto el asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante
cualesquiera jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales en los mismos términos previstos
para la asistencia jurídica a la Administración General del Estado.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., colaborará con los Abogados
del Estado para la mejor defensa de los intereses en litigio de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 6 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica
al Estado e Instituciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-16110
Verificable en https://www.boe.es
Primera.