III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16117)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Fundación del Teatro Real, para colaborar en la organización de un programa de intercambios culturales en torno al arte flamenco en China (Pekín y Shanghái) durante el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187

Sábado 3 de agosto de 2024

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de 2024) y su firma ha sido autorizada previamente por el Ministerio de Hacienda, con
fecha 27 de junio de 2024, de acuerdo con el artículo 50.2.c) de la citada ley.
En virtud, y de conformidad con la exposición que antecede, las dos partes deciden
suscribir el presente convenio de colaboración, de acuerdo con las siguientes.
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración de AECID y el Teatro Real
en la organización del Programa de Cooperación Cultural Authentic Flamenco en
China (Pekín y Shanghái), en el año 2024.
La música y la danza, por su valor y lenguaje universal, se convierten en el mejor
instrumento para la consolidación de la unión entre España y China, y de cooperación para
el desarrollo. El Programa artístico que se llevará a cabo en China (Pekín y Shanghái) se
aprobará por la Comisión de Seguimiento e incluirá conciertos y actividades de intercambio
tales como talleres, masterclasses y encuentros con el público.
Segunda.

Compromisos de la AECID.

AECID se compromete a:
– Cubrir los siguientes gastos necesarios para poder llevar a cabo el Programa
Authentic Flamenco señalado en la cláusula primera del convenio:
• Cachets artísticos (pago de los honorarios artísticos a los distintos miembros de la
compañía en gira) y derechos de autor (abono a los derechohabientes de la autoría de
músicas y coreografías).
• Rider (requisitos técnicos necesarios para el montaje de la actuación tales como
diseño de sonido e iluminación, maquinaria, personal, escenografía, etc.).
• Producción del espectáculo (alquiler de partituras, logística, gastos de viaje).
• Coordinación.
– Cursar las pertinentes invitaciones a los asistentes a los espectáculos y el
programa de cooperación cultural en coordinación con la embajada y el Teatro Real.
Todos estos gastos tendrán como cantidad total máxima la establecida en la cláusula
quinta de este convenio.
Tercera. Compromisos del Teatro Real.

– Diseño del programa y dirección artística y musical.
– Dirección de Producción y técnica.
– Organización de talleres para el intercambio de conocimientos entre los artistas
españoles, los artistas de Pekín, Shanghái y el público.
– Desarrollo de actividades de cooperación con instituciones culturales y centros
educativos y sociales en Pekín y Shanghái.
– Seguros.
Y, además, las siguientes acciones:
– Mantener informada a AECID de la marcha de la actividad, así como de cualquier
novedad que pudiera producirse al respecto de su producción y desarrollo.
– Mantener informada a AECID de los procesos de contratación que se realizarán
por cuenta propia y/o por cuenta de la AECID.

cve: BOE-A-2024-16117
Verificable en https://www.boe.es

El Teatro Real, por su parte, se encargará de cubrir los gastos correspondientes a: