III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16107)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Agencia Española de Protección de Datos, para colaborar en la realización del encuentro «Nuevos retos para la protección de los derechos de las personas ante el impacto de Internet».
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99065
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración de la AEPD con la UIMP
para la realización del encuentro «Nuevos retos para la protección de los derechos de
las personas ante el impacto de Internet», que celebrará la UIMP en 2024 en el marco de
su programación académica ordinaria. Se incluye como anexo la descripción y objetivos
del encuentro.
Segunda.
Compromisos asumidos por la AEPD.
I. Aspectos académicos.
La AEPD asume las tareas de dirección académica y de secretaría académica del
encuentro, de acuerdo con la propuesta de programa presentada por la propia Agencia y
aprobada por la UIMP.
El equipo directivo y técnico de la AEPD participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del encuentro.
II. Gestión del encuentro.
La AEPD, con sus propios medios y de acuerdo a sus procedimientos y normativa,
se encargará de gestionar directamente los viajes (incluidos transfers), el alojamiento, los
desayunos y las cenas de las personas que se encarguen de la dirección y de la
secretaría académica y del resto de profesorado.
La AEPD mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia AEPD
realiza, asumiendo éste toda la responsabilidad frente al profesorado, empresas
contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha gestión.
Compromiso económico.
i. La AEPD asume un compromiso económico máximo frente a la UIMP en virtud de
este convenio de diez mil noventa y cinco euros con cuarenta céntimos (10.095,40 €), en
concepto de apoyo económico a los gastos que gestiona la UIMP para la organización y
celebración del encuentro. Concretamente esta aportación irá destinada a cubrir las
partidas de honorarios, almuerzos, publicidad y streaming. La AEPD no asumirá ninguna
aportación a la UIMP por este concepto por importe superior a la cantidad indicada en
este párrafo.
Esta aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 13.301.135M.226.06 de
su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, y se
abonará mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta
a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
Agencia de Madrid. Se establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado
el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que se haya
emitido por parte de la UIMP el correspondiente requerimiento de pago. Los
responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán
conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este pago se
deberá realizar en el plazo máximo de treinta días desde la emisión de la certificación
indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, la AEPD
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no
cve: BOE-A-2024-16107
Verificable en https://www.boe.es
III.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99065
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración de la AEPD con la UIMP
para la realización del encuentro «Nuevos retos para la protección de los derechos de
las personas ante el impacto de Internet», que celebrará la UIMP en 2024 en el marco de
su programación académica ordinaria. Se incluye como anexo la descripción y objetivos
del encuentro.
Segunda.
Compromisos asumidos por la AEPD.
I. Aspectos académicos.
La AEPD asume las tareas de dirección académica y de secretaría académica del
encuentro, de acuerdo con la propuesta de programa presentada por la propia Agencia y
aprobada por la UIMP.
El equipo directivo y técnico de la AEPD participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del encuentro.
II. Gestión del encuentro.
La AEPD, con sus propios medios y de acuerdo a sus procedimientos y normativa,
se encargará de gestionar directamente los viajes (incluidos transfers), el alojamiento, los
desayunos y las cenas de las personas que se encarguen de la dirección y de la
secretaría académica y del resto de profesorado.
La AEPD mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia AEPD
realiza, asumiendo éste toda la responsabilidad frente al profesorado, empresas
contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha gestión.
Compromiso económico.
i. La AEPD asume un compromiso económico máximo frente a la UIMP en virtud de
este convenio de diez mil noventa y cinco euros con cuarenta céntimos (10.095,40 €), en
concepto de apoyo económico a los gastos que gestiona la UIMP para la organización y
celebración del encuentro. Concretamente esta aportación irá destinada a cubrir las
partidas de honorarios, almuerzos, publicidad y streaming. La AEPD no asumirá ninguna
aportación a la UIMP por este concepto por importe superior a la cantidad indicada en
este párrafo.
Esta aportación irá con cargo a la aplicación presupuestaria 13.301.135M.226.06 de
su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, y se
abonará mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta
a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
Agencia de Madrid. Se establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado
el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que se haya
emitido por parte de la UIMP el correspondiente requerimiento de pago. Los
responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán
conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este pago se
deberá realizar en el plazo máximo de treinta días desde la emisión de la certificación
indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, la AEPD
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no
cve: BOE-A-2024-16107
Verificable en https://www.boe.es
III.