II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Destinos. (BOE-A-2024-15959)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 5 de junio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Viernes 2 de agosto de 2024

Sec. II.A. Pág. 98207

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
15959

Resolución de 22 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 5 de junio de 2024.

Por Resolución de 5 de junio de 2024 (BOE de 13 de junio de 2024), se anunció
convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo
en el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III, del título III del
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del procedimiento
y el cumplimiento por parte de los candidatos elegidos de los requisitos y
especificaciones exigidos en la convocatoria.
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.l) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha dispuesto
resolver parcialmente la convocatoria de referencia según se detalla en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del mencionado reglamento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su
notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del
mismo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo,
recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo
dictó (Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas).

cve: BOE-A-2024-15959
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 22 de julio de 2024.–La Subsecretaria para la Transformación Digital y de la
Función Pública, Iría Álvarez Besteiro.