III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16023)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Abeto Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Abeto Solar, de 52,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Valverde de Alcalá, Torres de la Alameda y Pozuelo del Rey (Comunidad de Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 98375
– Número y tipo de inversores: 21 inversores del fabricante SMA modelo Sunny
Central 2500-EV o similar, con una potencia unitaria de 2500 kVA.
– Potencia total de los inversores: 52,5 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 46,88 MW.
– Tipo de soporte: Seguidor a un eje, modelo PVH-Monolite 3H o similar.
– Centros de transformación: 12, con una potencia de 5000 o 2500 kVA.
– Términos municipales afectados: Valverde de Alcalá y Pozuelo del Rey, en la
provincia de Madrid.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
– 3 circuitos subterráneos a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta Abeto Solar» hasta la SET Piñón 30/220 kV.
● Sección: 630 mm2, 240 mm2 y 95 mm2.
– La línea eléctrica de evacuación subterránea a 220 kV desde el apoyo 19 de la
línea 220 kV SET Piñón-SET Nimbo, hasta la Subestación Grillete 30/220 kV. Las
características principales de la referida línea son:
● Sistema: corriente alterna trifásica.
● Tensión: 220 kV.
● Frecuencia: 50 Hz.
● Términos municipales afectados: Torres de la Alameda y Pozuelo del Rey, en la
provincia de Madrid.
● Longitud: 2.231 m.
● Número de circuitos: 2.
○ 1. Circuito con origen en la SET Piñón para el parque solar fotovoltaico Abeto
Solar.
□ Capacidad: 394,50 MVA.
□ Tipo de conductor: RHZ1-RA+2OL (AS) 127-220 KV 1×2000M+T375AL.
□ Aislamiento: XLPE (polietileno reticulado).
○ 2. Circuito con origen en la SET Rececho para el parque solar fotovoltaico Driza
Solar, expediente PFot-206.
□ Capacidad: 189,10 MVA.
□ Tipo de conductor: RHZ1-RA+2OL (AS) 127-220 KV 1×630KAL+H250.
□ Aislamiento: XLPE (polietileno reticulado).
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros
expedientes (SGEE/PFot-172 Quilla Solar y SGEE/PFot-208 Grillete Solar). A los efectos
del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, no se
otorgará autorización administrativa de construcción hasta que dichos expedientes
obtengan, a su vez, la autorización administrativa de construcción de la infraestructura
de evacuación pertinente.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada declaración de impacto ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
cve: BOE-A-2024-16023
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 186
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 98375
– Número y tipo de inversores: 21 inversores del fabricante SMA modelo Sunny
Central 2500-EV o similar, con una potencia unitaria de 2500 kVA.
– Potencia total de los inversores: 52,5 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 46,88 MW.
– Tipo de soporte: Seguidor a un eje, modelo PVH-Monolite 3H o similar.
– Centros de transformación: 12, con una potencia de 5000 o 2500 kVA.
– Términos municipales afectados: Valverde de Alcalá y Pozuelo del Rey, en la
provincia de Madrid.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
– 3 circuitos subterráneos a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta Abeto Solar» hasta la SET Piñón 30/220 kV.
● Sección: 630 mm2, 240 mm2 y 95 mm2.
– La línea eléctrica de evacuación subterránea a 220 kV desde el apoyo 19 de la
línea 220 kV SET Piñón-SET Nimbo, hasta la Subestación Grillete 30/220 kV. Las
características principales de la referida línea son:
● Sistema: corriente alterna trifásica.
● Tensión: 220 kV.
● Frecuencia: 50 Hz.
● Términos municipales afectados: Torres de la Alameda y Pozuelo del Rey, en la
provincia de Madrid.
● Longitud: 2.231 m.
● Número de circuitos: 2.
○ 1. Circuito con origen en la SET Piñón para el parque solar fotovoltaico Abeto
Solar.
□ Capacidad: 394,50 MVA.
□ Tipo de conductor: RHZ1-RA+2OL (AS) 127-220 KV 1×2000M+T375AL.
□ Aislamiento: XLPE (polietileno reticulado).
○ 2. Circuito con origen en la SET Rececho para el parque solar fotovoltaico Driza
Solar, expediente PFot-206.
□ Capacidad: 189,10 MVA.
□ Tipo de conductor: RHZ1-RA+2OL (AS) 127-220 KV 1×630KAL+H250.
□ Aislamiento: XLPE (polietileno reticulado).
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros
expedientes (SGEE/PFot-172 Quilla Solar y SGEE/PFot-208 Grillete Solar). A los efectos
del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, no se
otorgará autorización administrativa de construcción hasta que dichos expedientes
obtengan, a su vez, la autorización administrativa de construcción de la infraestructura
de evacuación pertinente.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada declaración de impacto ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
cve: BOE-A-2024-16023
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Núm. 186