V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-28029)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Almería, por la que se acuerda la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado "Línea subterránea de evacuación entre subestación Tabernas Solar 1 y subestación Tabernas 1, de 132 kV", sita en el término municipal de Lucainena de las Torres (Almería). Expediente: LAT 6844.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 43108
19 de marzo; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; Ley
24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954; Ley
39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección
General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los
órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía y
Orden de 20 de junio de 2023, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por
la que se delegan competencias órganos directivos de la Consejería.
Segundo.- La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los
artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados
más arriba, esta Delegación
Resuelve
Primero. Declarar en concreto la utilidad pública del proyecto denominado
"Línea subterránea de evacuación entre subestación Tabernas Solar 1 y
subestación Tabernas 1, de 132 kV", sita en el término municipal de Lucainena de
las Torres, cuyas principales características, así como la relación de bienes y
derechos afectados, son las siguientes:
Solicitante: Fluctus Solar S.L.
Línea de evacuación a 132 KV (LAT 6844). Infraestructura de evacuación
compartida con la evacuación de las siguientes instalaciones de generación solar
fotovoltaica: PERE 1653.
• Origen: posición subestación Tabernas Solar 1.
• Final: posición de la subestación Tabernas 1.
• Término municipal afectado: Lucainena de las Torres.
• Tipo: subterránea.
• Tensión nominal: 132 kV (1ª Categoría).
• N.º de circuitos: 1.
• Conductores: RHZ1-RA+2OL (AS) 145kV 1x400Al+H95.
• Tipo instalación: bajo 3 tubos de 200 + 1 tubo de 110.
• Presupuesto: 2.085.382,47 €.
Segundo.- La declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación, a
los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de
cve: BOE-B-2024-28029
Verificable en https://www.boe.es
• Longitud: 1,73 km.
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 43108
19 de marzo; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; Ley
24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954; Ley
39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección
General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los
órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía y
Orden de 20 de junio de 2023, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por
la que se delegan competencias órganos directivos de la Consejería.
Segundo.- La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los
artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados
más arriba, esta Delegación
Resuelve
Primero. Declarar en concreto la utilidad pública del proyecto denominado
"Línea subterránea de evacuación entre subestación Tabernas Solar 1 y
subestación Tabernas 1, de 132 kV", sita en el término municipal de Lucainena de
las Torres, cuyas principales características, así como la relación de bienes y
derechos afectados, son las siguientes:
Solicitante: Fluctus Solar S.L.
Línea de evacuación a 132 KV (LAT 6844). Infraestructura de evacuación
compartida con la evacuación de las siguientes instalaciones de generación solar
fotovoltaica: PERE 1653.
• Origen: posición subestación Tabernas Solar 1.
• Final: posición de la subestación Tabernas 1.
• Término municipal afectado: Lucainena de las Torres.
• Tipo: subterránea.
• Tensión nominal: 132 kV (1ª Categoría).
• N.º de circuitos: 1.
• Conductores: RHZ1-RA+2OL (AS) 145kV 1x400Al+H95.
• Tipo instalación: bajo 3 tubos de 200 + 1 tubo de 110.
• Presupuesto: 2.085.382,47 €.
Segundo.- La declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación, a
los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de
cve: BOE-B-2024-28029
Verificable en https://www.boe.es
• Longitud: 1,73 km.