III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15919)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Parque Móvil del Estado, O.A., para la prestación del servicio centralizado de nómina estándar de la Administración General del Estado y el servicio de visualización de nóminas Servinómina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Jueves 1 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 97956

Consulta de los usuarios.
Servinómina permite la consulta de nóminas correspondientes a los cinco últimos
años, siempre que estén disponibles y hayan sido cargadas por el Centro Usuario. El
acceso seguirá siendo posible aun cuando el consultante cambie de organismo,
pudiendo ver las nóminas emitidas por los diferentes organismos donde haya estado
destinado, siempre que éstos sean usuarios de servinómina.
El acceso de los usuarios se realizará a través del Portal Funciona, desde la pantalla
de inicio o desde el Área personal de dicho portal. En todos los casos se le requerirá la
correspondiente identificación que garantice su identidad. Una vez autenticado por el
portal, podrá acceder al apartado de retribuciones donde podrá consultar los datos
correspondientes a su nómina.
Obligaciones de la SGAD.
La SGAD se compromete a:
– Realizar el mantenimiento de la aplicación Servinómina.
– Proveer soporte a los usuarios finales, en las incidencias relacionadas con la
consulta de sus nóminas.
– Publicar y mantener actualizada, salvo excepciones, la lista de centros usuarios de
Servinómina, en el Portal Funciona y la Subsede electrónica Funciona.
Obligaciones del Centro Usuario.
El Centro usuario se compromete a:
– Designar, al menos, un gestor de nóminas.
– El Centro Usuario, por suplencia, por razón del volumen de nóminas o por alguna
otra causa, podrá designar más gestores de nóminas.
– Las altas, bajas o modificaciones de los gestores de nóminas serán realizadas por
la SGAD, previa petición del Centro Usuario.
– El gestor de nóminas del Centro Usuario realizará las tareas necesarias para la
carga de las nóminas mediante los procedimientos que se especifican en las
instrucciones que se remitirán al Centro Usuario.
ANEXO IV
Estimación de uso

cve: BOE-A-2024-15919
Verificable en https://www.boe.es

Don Miguel Ángel Cepeda Caro, como Director General del Parque Móvil del
Estado, O.A., declara que el número de perceptores en alta en las nóminas ordinarias
que se estima para los fines del presente convenio asciende a un total de 942, así como
el número de esquemas en el que está previsto realizar el tratamiento, en el entorno de
producción, asciende a un total de 1.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X