III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15918)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Español de Oceanografía y la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para la ejecución de las acciones incluidas en el proyecto «Toward a European Rocky Reed Fish monitoring network-EuRock Fish» del partenariado europeo Biodiversa+.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97927
La Fundación Biodiversidad actúa dentro del partenariado Biodiversa+ como socia
(partner).
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal
suficiente para el otorgamiento del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
La FB es una fundación del sector público institucional constituida en escritura
pública otorgada el 22 de diciembre de 1998 por la Administración General del Estado, e
inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal con el número 1AGR.
Segundo.
La FB, tal y como se describe en sus Estatutos, tiene como objeto la realización de
actividades de interés general relacionadas con las competencias de su Ministerio de
adscripción, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el
ámbito de la conservación, el estudio y el uso sostenible de la biodiversidad y el
patrimonio natural, principalmente en sus aspectos ambientales, sociales, económicos y
culturales.
Cabe destacar, que tal y como se recoge en el artículo 7 de sus Estatutos, y en
relación con lo dispuesto en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su redacción dada por la
reforma realizada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, que reconoce a la FB como
agente de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI)
perteneciente al sector público, la fundación tiene entre sus objetivos fomentar la
investigación y la capacitación científica, promover la sensibilización, concienciación y
participación de la sociedad, abordar temas como la gobernanza, la protección de
hábitats y especies, la gestión eficaz de los espacios marinos y los enfoques
innovadores, contribuir a las prioridades establecidas en los convenios internacionales
de conservación marina en los que España sea parte, y promover las acciones marcadas
en el Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, aprobado por el Real
Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, todo ello teniendo en cuenta el
contexto actual de cambio climático.
La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), de
conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación, es un organismo público de investigación (OPI) de la
Administración General del Estado, actualmente adscrito al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, que tiene por objeto el fomento, la coordinación el desarrollo
y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con
el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural,
así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas
en estas materias de acuerdo con lo establecido en los artículos 1, 4 y 5 del Real
Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal CSIC
(BOE de 14 de enero de 2008).
El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE
para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y por las disposiciones de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de
diciembre.
cve: BOE-A-2024-15918
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97927
La Fundación Biodiversidad actúa dentro del partenariado Biodiversa+ como socia
(partner).
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal
suficiente para el otorgamiento del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
La FB es una fundación del sector público institucional constituida en escritura
pública otorgada el 22 de diciembre de 1998 por la Administración General del Estado, e
inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal con el número 1AGR.
Segundo.
La FB, tal y como se describe en sus Estatutos, tiene como objeto la realización de
actividades de interés general relacionadas con las competencias de su Ministerio de
adscripción, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el
ámbito de la conservación, el estudio y el uso sostenible de la biodiversidad y el
patrimonio natural, principalmente en sus aspectos ambientales, sociales, económicos y
culturales.
Cabe destacar, que tal y como se recoge en el artículo 7 de sus Estatutos, y en
relación con lo dispuesto en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su redacción dada por la
reforma realizada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, que reconoce a la FB como
agente de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI)
perteneciente al sector público, la fundación tiene entre sus objetivos fomentar la
investigación y la capacitación científica, promover la sensibilización, concienciación y
participación de la sociedad, abordar temas como la gobernanza, la protección de
hábitats y especies, la gestión eficaz de los espacios marinos y los enfoques
innovadores, contribuir a las prioridades establecidas en los convenios internacionales
de conservación marina en los que España sea parte, y promover las acciones marcadas
en el Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, aprobado por el Real
Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, todo ello teniendo en cuenta el
contexto actual de cambio climático.
La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), de
conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación, es un organismo público de investigación (OPI) de la
Administración General del Estado, actualmente adscrito al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, que tiene por objeto el fomento, la coordinación el desarrollo
y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con
el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural,
así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas
en estas materias de acuerdo con lo establecido en los artículos 1, 4 y 5 del Real
Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal CSIC
(BOE de 14 de enero de 2008).
El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE
para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y por las disposiciones de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de
diciembre.
cve: BOE-A-2024-15918
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.