II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Destinos. (BOE-A-2024-15868)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 26 de abril de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 97808
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15868
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 26 de abril de
2024.
Por Resolución de 26 de abril de 2024, de la Subsecretaría (BOE de 13 de mayo), se
convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido
las normas establecidas en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como las bases de la
convocatoria,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria al personal funcionario en
los términos que se recogen en el anexo a esta resolución.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas adjudicatarias, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para el personal funcionario que se encuentre en licencia por enfermedad o
permiso del artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se diligenciará
el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que
tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del departamento donde presta servicios el
personal funcionario podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese, por
necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse esta a la
Unidad competente.
Excepcionalmente, a propuesta del Ministerio donde presta servicios la persona
adjudicataria, por exigencias del normal funcionamiento del mismo, que serán
apreciadas en cada caso por la Secretaría de Estado de Función Pública, podrá aplazar
la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el
párrafo anterior.
cve: BOE-A-2024-15868
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. II.A. Pág. 97808
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15868
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 26 de abril de
2024.
Por Resolución de 26 de abril de 2024, de la Subsecretaría (BOE de 13 de mayo), se
convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido
las normas establecidas en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como las bases de la
convocatoria,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria al personal funcionario en
los términos que se recogen en el anexo a esta resolución.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas adjudicatarias, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para el personal funcionario que se encuentre en licencia por enfermedad o
permiso del artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se diligenciará
el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que
tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del departamento donde presta servicios el
personal funcionario podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese, por
necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse esta a la
Unidad competente.
Excepcionalmente, a propuesta del Ministerio donde presta servicios la persona
adjudicataria, por exigencias del normal funcionamiento del mismo, que serán
apreciadas en cada caso por la Secretaría de Estado de Función Pública, podrá aplazar
la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el
párrafo anterior.
cve: BOE-A-2024-15868
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Segundo.