V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. (BOE-B-2024-28026)
Anuncio de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por el que se da a conocer el operador designado para la terminación de las llamadas dirigidas al servicio de atención telefónica "Línea de atención del ingreso mínimo vital".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Jueves 1 de agosto de 2024

Sec. V-B. Pág. 43093

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

28026

Anuncio de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones,
por el que se da a conocer el operador designado para la terminación
de las llamadas dirigidas al servicio de atención telefónica "Línea de
atención del ingreso mínimo vital".

La Resolución de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, atribuyó el número corto 020 del
Plan nacional de numeración telefónica al servicio de atención telefónica "Línea de
atención del ingreso mínimo vital", siendo la Gerencia de Informática de la
Seguridad Social la entidad prestataria de este servicio de atención telefónica
gratuito y accesible desde todo el territorio nacional dirigido a prevenir el riesgo de
pobreza y exclusión social.
El apartado Sexto de la citada Resolución, de 24 de junio de 2024, de la
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales,
determina que la entidad prestataria dará a conocer, mediante anuncio publicado
en el "Boletín Oficial del Estado", el nombre del operador del servicio telefónico
disponible al público designado para la terminación de tales llamadas, la fecha de
inicio del servicio y la ubicación geográfica del centro o centros de atención de
llamadas. Asimismo, dará a conocer cualquier cambio que se produzca en la
información anterior.
La citada Resolución, de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, establece, además, que el
operador designado proporcionará a la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, con antelación a la fecha de inicio
del servicio, una memoria técnica descriptiva de las funcionalidades del servicio de
terminación a prestar y los recursos técnicos empleados. Igualmente, transcurridos
tres meses desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente
resolución, las llamadas al 020 se cursarán por todos los operadores que presten
el servicio telefónico disponible al público en las condiciones establecidas en la
citada Resolución, de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y entregarán las llamadas
telefónicas al número 020 al operador designado para su terminación, en los
puntos de interconexión determinados por éste.
En su virtud, anuncio:

Segundo. El centro o centros de atención de llamadas estarán ubicados
geográficamente en la Comunidad Autónoma de Madrid.
Tercero. El servicio de atención telefónica "Línea de atención del ingreso
mínimo vital" proporcionado a través del número 020 se iniciará transcurridos tres
meses desde la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", de
forma que el inicio del servicio coincidirá con la fecha en que todos los operadores

cve: BOE-B-2024-28026
Verificable en https://www.boe.es

Primero. El operador designado para la terminación de las llamadas al servicio
de atención telefónica "Línea de atención del ingreso mínimo vital", prestado por el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría
de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, es Telefónica de España, Sociedad
Anónima Unipersonal.