III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-15850)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, para la formación de alumnos del Máster en Seguridad Alimentaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 97739

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
15850

Resolución de 24 de julio de 2024, de la Agencia Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga al
Convenio con el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, para la formación
de alumnos del Máster en Seguridad Alimentaria.

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN O.A.) y el
Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid han suscrito, con fecha 18 de julio de 2024, un
convenio para la formación de alumnos del Máster en Seguridad Alimentaria, por lo que,
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 24 de julio de 2024.–La Directora Ejecutiva de la Agencia Española de
Seguridad Alimentaria y Nutrición, O.A., Isabel Peña-Rey Lorenzo
ANEXO
Adenda de prórroga al convenio entre la Agencia Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición y el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid para la
formación de alumnos del Máster en Seguridad Alimentaria
En la fecha de la firma electrónica

De una parte, doña Isabel Peña-Rey Lorenzo, Directora Ejecutiva del Organismo
Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN O.A.), cargo
para el que fue nombrada por Acuerdo del Consejo de Ministros, en su reunión del
día 23 de febrero de 2021, tras informe del Consejo de Dirección de dicha agencia y a
propuesta del entonces Ministro de Consumo (Resolución de 24 de febrero de 2021, que
es publicada en BOE de 25 de febrero de 2021) y facultada para su representación de
conformidad con el artículo 15.h) del Estatuto del Organismo Autónomo Agencia
Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, aprobado por el Real Decreto 697/2022,
y en virtud del artículo 48.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del
Sector Público.
De otra parte don Felipe Vilas Herranz, Presidente del Colegio Oficial de Veterinarios
de Madrid (COLVEMA), en calidad de representante legal acreditado del Ilustre Colegio
Oficial de Veterinarios de Madrid, con CIF Q2871002H y con domicilio social en la calle
Maestro Ripoll, 8, 28006, Madrid, y en virtud de las atribuciones que como Presidente de
dicho colegio profesional le confiere el artículo 40.s) de los Estatutos del Colegio de
Veterinarios de Madrid.
INTERVIENEN
En nombre de los organismos o entidades que representan, que serán consideradas
las partes y reconociéndose, mutua y respectivamente, la competencia y la capacidad
jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y a tal efecto

cve: BOE-A-2024-15850
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