III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Gestores administrativos. (BOE-A-2024-15853)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97769
57. La Administración Local y sus tributos. Mecánicas operativas básicas de los
ciudadanos en esta materia, tipología, garantías y casuística fundamental. Posibles
desarrollos futuros.
Área 9.ª
Derecho Estatutario
cve: BOE-A-2024-15853
Verificable en https://www.boe.es
58. Requisitos legales para el acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
59. Panorama actual, teórico y práctico, de la profesión de Gestor Administrativo.
Sus relaciones con sus corporaciones representativas y con los ciudadanos.
60. La profesión de Gestor Administrativo y la protección de los intereses de los
consumidores y usuarios en una sociedad avanzada y sus posibilidades actuales y
futuras en relación con una Administración moderna, eficaz y descentralizada.
Posibilidades actuales y futuras en relación con los mecanismos de reclamación,
conciliación y arbitraje. Especial referencia al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de
Protección de Datos), en relación a la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales que lo desarrolla,
así como a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre.
61. Cumplimiento Normativo aplicable a los Gestores Administrativos y
particularmente normativa de prevención de blanqueo de capitales y normativa relativa a
sistemas internos de información (entre otras, Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora
de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha
contra la corrupción, Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de
la libertad sexual y Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectivamente
de mujeres y hombres).
62. La colaboración con la Administración Pública como objetivo prioritario de la
profesión de Gestor Administrativo. El sistema de Convenios entre las Administraciones y
los Colegios de Gestores Administrativos. Tipología, problemática práctica, perspectivas
de futuro. Obligaciones de los Gestores Administrativos: el deber de cuidado y diligencia,
el respeto íntegro a la normativa vigente, la buena fe y la lealtad institucional con la
Administración, la lucha contra el fraude, el fomento de las buenas prácticas
administrativas y fiscales y el respeto a la libre competencia y la regulación de la
publicidad.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97769
57. La Administración Local y sus tributos. Mecánicas operativas básicas de los
ciudadanos en esta materia, tipología, garantías y casuística fundamental. Posibles
desarrollos futuros.
Área 9.ª
Derecho Estatutario
cve: BOE-A-2024-15853
Verificable en https://www.boe.es
58. Requisitos legales para el acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
59. Panorama actual, teórico y práctico, de la profesión de Gestor Administrativo.
Sus relaciones con sus corporaciones representativas y con los ciudadanos.
60. La profesión de Gestor Administrativo y la protección de los intereses de los
consumidores y usuarios en una sociedad avanzada y sus posibilidades actuales y
futuras en relación con una Administración moderna, eficaz y descentralizada.
Posibilidades actuales y futuras en relación con los mecanismos de reclamación,
conciliación y arbitraje. Especial referencia al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de
Protección de Datos), en relación a la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales que lo desarrolla,
así como a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre.
61. Cumplimiento Normativo aplicable a los Gestores Administrativos y
particularmente normativa de prevención de blanqueo de capitales y normativa relativa a
sistemas internos de información (entre otras, Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora
de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha
contra la corrupción, Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de
la libertad sexual y Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectivamente
de mujeres y hombres).
62. La colaboración con la Administración Pública como objetivo prioritario de la
profesión de Gestor Administrativo. El sistema de Convenios entre las Administraciones y
los Colegios de Gestores Administrativos. Tipología, problemática práctica, perspectivas
de futuro. Obligaciones de los Gestores Administrativos: el deber de cuidado y diligencia,
el respeto íntegro a la normativa vigente, la buena fe y la lealtad institucional con la
Administración, la lucha contra el fraude, el fomento de las buenas prácticas
administrativas y fiscales y el respeto a la libre competencia y la regulación de la
publicidad.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X