V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. (BOE-B-2024-27919)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen «La Mancha».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 42898

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

27919

Re solución de 16 de julio de 2024, de la Dire cción Ge ne ral de
Producción Agroalime ntaria y Coope rativas de la Conse je ría de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se da publicidad a
la solicitud de modificación de l plie go de condicione s de la
De nominación de Orige n «La Mancha».

El día 24 de junio de 2024 la Asociación Interprofesional D.O. La Mancha,
presenta solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación
de Origen Protegida «La Mancha».
Las modificaciones solicitadas consisten en:
- Modificación de determinados parámetros fisicoquímicos: valores de azúcar
total, acidez volátil, supresión del extracto seco no reductor en vinos espumosos de
calidad y vinos de aguja, cambio de unidad de medida de la sobrepresión de CO2.
- Modificación de características organolépticas: redefinición de los aromas de
la fase olfativa de los vinos roble y vinos de crianza, de la fase visual de los vinos
reserva y de la gama de colores en los vinos dulces blancos.
- Modificación de características del envasado: incorporación de un nuevo
formato de envasado Polietileno Tereftalato (PET).
- Modificación de variedades de uva para vinificación, con la incorporación de
una nueva variedad albariño.
- Modificación de Índice de transformación: 74 litros de vino por 100 kilos de
uva.

Todas las modificaciones solicitadas se consideran normales puesto que no se
encuadran en ninguno de los tipos previstos en el artículo 14.1 del Reglamento
Delegado (UE) 2019/33, de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se
completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen,
indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al
procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones
del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la
presentación, en consecuencia, no resulta de aplicación el artículo 15 del
mencionado Reglamento, relativo al procedimiento aplicable a las modificaciones
de la Unión del pliego de condiciones. No obstante, para una mayor transparencia
y seguridad jurídica, resuelvo proceder a dar publicidad al pliego de condiciones y
documento único con las modificaciones solicitadas, que constan íntegramente en
la siguiente dirección web:
https://rec.castillalamancha.es/rec/public/documentacion/listadoDocs.faces

cve: BOE-B-2024-27919
Verificable en https://www.boe.es

- Modificaciones de redacción: inclusión de expresiones para complementar o
añadir información, modificación de la estructura para expresar el SO2, cambio de
algunas expresiones del pliego, modificación de los nombres de algunas
poblaciones del pliego, inclusión de la autoridad competente y de los nombres de
los organismos de control autorizados y actualización de la normativa referente a
las tareas de los organismos de control.