II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-15811)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Media de Ciencia y Tecnología, especialidad Cálculo Científico y Diseño Técnico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 97595

– Las personas aspirantes que pertenezcan a familia numerosa de categoría
general, deberán presentar el título que lo acredite.
d)

Documentación acreditativa de exenciones sobre las tasas aplicables.

– Las personas aspirantes con discapacidad deberán acreditar el grado de
discapacidad mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad
con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se
determina la consideración de persona con discapacidad.
– Las personas aspirantes que pertenezcan a familia numerosa de categoría
especial deberán presentar el título que lo acredite.
– Las personas aspirantes que ostenten la condición de víctimas del terrorismo,
deberán presentar documento expedido por el Ministerio del Interior que certifique esa
condición, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de
Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
– Las personas aspirantes que hayan sido víctimas de violencia de género, deberán
presentar documento firmado por la autoridad competente que acredite dicha condición,
de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de medidas de protección integral frente a la violencia de género.
e) Documentación acreditativa de estar en condiciones para el desempeño de la
plaza para aspirantes con discapacidad.
Las personas aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación
acreditativa de hallarse en condiciones de desempeñar la plaza objeto de esta
convocatoria, expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Serán motivos de exclusión, entre otros, no acreditar de forma suficiente la posesión
de los requisitos exigidos para el ingreso en la escala convocada y presentar la solicitud
fuera del plazo establecido.
El abono de la tasa por derechos de examen será el siguiente:
Tipo de tasa

Importe

Euros

Ordinaria.

38,78

Carné joven.

31,02

Desempleados.

9,70

Familia numerosa general.

9,70

El pago del importe de la tasa de los derechos de examen se realizará dentro del
plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso la validación de datos en la página
web y el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y
forma, de la solicitud conforme al procedimiento indicado en esta base.
Tendrán la bonificación del 75 por 100 de la cuota, las personas que se hallen en
situación del desempleo en el momento del devengo de la tasa, siempre que las
prestaciones le beneficien directamente, debiendo acompañar a la solicitud copia del
certificado de los servicios públicos de empleo de encontrarse en situación de
desempleo.
Tendrán la bonificación del 20 por 100 de la cuota las personas que se hallen en
posesión del «Carné Joven», debiendo acompañar copia de este expedido por el órgano
competente de la Administración Regional. Esta bonificación no se acumulará con la
establecida en el párrafo anterior.

cve: BOE-A-2024-15811
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