III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15683)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97143
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15683
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el
Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P.
El Abogado General del Estado y el Director Gerente del Centro Nacional de
Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P., han suscrito un convenio de
asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 24 de julio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares
Carlos III, F.S.P.
15 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE número 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la
delegación conferida a su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la Orden
JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Alberto Sanz Belmar, actuando en nombre y representación del
Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P., con domicilio en
calle Melchor Fernández Almagro, número 3, 28029 Madrid, y NIF G82316753, en su
condición de Director Gerente, según el Poder con número 4.193, otorgado en Madrid
a 14 de diciembre de 2012, ante el Notario don Joaquín Corell Corell, de fecha 19 de
julio de 2018.
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2024-15683
Verificable en https://www.boe.es
MANIFIESTAN
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97143
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15683
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el
Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P.
El Abogado General del Estado y el Director Gerente del Centro Nacional de
Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P., han suscrito un convenio de
asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 24 de julio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares
Carlos III, F.S.P.
15 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE número 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la
delegación conferida a su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la Orden
JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Alberto Sanz Belmar, actuando en nombre y representación del
Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P., con domicilio en
calle Melchor Fernández Almagro, número 3, 28029 Madrid, y NIF G82316753, en su
condición de Director Gerente, según el Poder con número 4.193, otorgado en Madrid
a 14 de diciembre de 2012, ante el Notario don Joaquín Corell Corell, de fecha 19 de
julio de 2018.
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2024-15683
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