III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-15695)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Agenda 2030, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97291
Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutuamente,
y en virtud de las facultades que tienen conferidas,
EXPONEN
Primero.
Que con fechas 23 y 24 de agosto de 2022 se suscribió el Convenio entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y
Provincias como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
Segundo.
Que el convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP, como entidad colaboradora, para
la gestión de las subvenciones reguladas por la Orden DSA/632/2022, de 23 de junio,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales, y en
cuyo artículo 3 se dispone que la FEMP actuará como entidad colaboradora, de acuerdo
con los establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Tercero.
Que en la cláusula sexta del citado convenio «Compensación económica a la entidad
colaboradora», se recoge que los gastos de gestión se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, disponiendo que la compensación
económica será fijada para cada anualidad en la Adenda a suscribir en las sucesivas
convocatorias.
En consecuencia, procede fijar la compensación económica a la entidad colaboradora
correspondiente a la convocatoria de 2024.
Cuarto.
Por lo anteriormente expuesto, la Dirección General de Agenda 2030 y la FEMP
acuerdan suscribir la presente adenda con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Segunda. Compensación económica a la entidad colaboradora para la convocatoria
de 2024.
Se fija como máximo una compensación económica a la FEMP de 637.954,41 euros
para la gestión de la convocatoria correspondiente a 2024, con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 del presupuesto de gastos de la Secretaría de Estado
para la Agenda 2030 en 2023, prorrogado en 2024, para la Dirección General de
Agenda 2030, con el desglose que figura en el anexo I.
cve: BOE-A-2024-15695
Verificable en https://www.boe.es
La Adenda del Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y
la FEMP como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las entidades locales tiene por objeto
fijar, de conformidad con la cláusula sexta del convenio, la compensación económica a la
entidad colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2024.
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97291
Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutuamente,
y en virtud de las facultades que tienen conferidas,
EXPONEN
Primero.
Que con fechas 23 y 24 de agosto de 2022 se suscribió el Convenio entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y
Provincias como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
Segundo.
Que el convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP, como entidad colaboradora, para
la gestión de las subvenciones reguladas por la Orden DSA/632/2022, de 23 de junio,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales, y en
cuyo artículo 3 se dispone que la FEMP actuará como entidad colaboradora, de acuerdo
con los establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Tercero.
Que en la cláusula sexta del citado convenio «Compensación económica a la entidad
colaboradora», se recoge que los gastos de gestión se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, disponiendo que la compensación
económica será fijada para cada anualidad en la Adenda a suscribir en las sucesivas
convocatorias.
En consecuencia, procede fijar la compensación económica a la entidad colaboradora
correspondiente a la convocatoria de 2024.
Cuarto.
Por lo anteriormente expuesto, la Dirección General de Agenda 2030 y la FEMP
acuerdan suscribir la presente adenda con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Segunda. Compensación económica a la entidad colaboradora para la convocatoria
de 2024.
Se fija como máximo una compensación económica a la FEMP de 637.954,41 euros
para la gestión de la convocatoria correspondiente a 2024, con cargo a la partida
presupuestaria 29.07.921Y.226.10 del presupuesto de gastos de la Secretaría de Estado
para la Agenda 2030 en 2023, prorrogado en 2024, para la Dirección General de
Agenda 2030, con el desglose que figura en el anexo I.
cve: BOE-A-2024-15695
Verificable en https://www.boe.es
La Adenda del Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y
la FEMP como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las entidades locales tiene por objeto
fijar, de conformidad con la cláusula sexta del convenio, la compensación económica a la
entidad colaboradora correspondiente a la convocatoria de 2024.