V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-27730)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por el que se somete a información pública la aprobación provisional del Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea límite de edificación en la N-230 entre los P.K. 6+941 a 8+342, en el término municipal de Torrefarrera (Lleida). Clave SGE-DTU-23-041.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Martes 30 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 42553

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

27730

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por
el que se somete a información pública la aprobación provisional del
Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea
límite de edificación en la N-230 entre los P.K. 6+941 a 8+342, en el
término municipal de Torrefarrera (Lleida). Clave SGE-DTU-23-041.

Con fecha de 24 de junio de 2024 la Subdirectora General de Planificación y
Explotación, por delegación del Director General de Carreteras (Orden TMA/355/
2023, de 10 de abril por la que se modifica la Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre), ha resuelto:
Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y
establecimiento de línea límite de edificación en la N-230 entre los P.K. 6+941 a
8+342, en el término municipal de Torrefarrera (Lleida), de acuerdo con lo
establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, según lo siguiente:
- Delimitar como tramos urbanos los siguientes:
o Primer tramo urbano: desde el P.K. 6+941 hasta el P.K. 7+410, por el
margen izquierdo, y desde el P.K. 7+085 hasta el P.K. 7+618, por el margen
derecho.
o Segundo tramo urbano: desde el P.K. 7+410 hasta el P.K. 8+071, por el
margen izquierdo.
o Tercer tramo y su consideración como tramo urbano: desde el P.K. 8+071
hasta el P.K. 8+342, por el margen izquierdo, y desde el P.K. 8+050 hasta el P.K.
8+342, por el margen derecho.
- Fijar, para los tramos urbanos establecidos en el punto anterior, la línea límite
de edificación, a una distancia inferior a la definida en el artículo 33.1 de la Ley 37/
2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, conforme al planeamiento vigente en el
municipio con anterioridad a la citada Ley de Carreteras, según los planos
adjuntos.
- Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y
perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación de la N-230, a 3 m
en todo el ámbito de estudio.

Para el cumplimiento de lo ordenado por la Subdirección General de
Planificación y Explotación, se notifica el Estudio a la Generalitat de Cataluña y al
Ayuntamiento de Torrefarrera a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan
informe. Asimismo, se somete a información pública por un plazo de 30 días
hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del
Estado, a fin de que, durante ese periodo de tiempo, cualquier persona física o
jurídica pueda formular las alegaciones que estime oportunas sobre la repercusión
del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de

cve: BOE-B-2024-27730
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- Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y
perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación de la N-230, a 8 m
en todo el ámbito de estudio.