II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. (BOE-A-2024-15526)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 96439
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y
se desarrollarán de acuerdo con las siguientes:
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso
General (http://administracion.gob.es), en la sede electrónica del Instituto Nacional de
Administración Pública (https://sede.inap.gob.es), así como en el Portal del empleado
público Funciona.
1.
Descripción de las plazas
1.1 Se convoca el proceso selectivo para cubrir 208 plazas de ingreso libre, y 76
por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado,
código 1111.
El total de las 208 plazas convocadas en ingreso libre se establecen de acuerdo a lo
siguiente:
– Al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, corresponden 5 plazas para ser cubiertas
por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, corresponden 48 plazas, de las
cuales 5 plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, corresponden 95 plazas, de las
cuales 5 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden 60 plazas, de las
cuales 5 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
El total de las 76 plazas convocadas por promoción interna se establecen de acuerdo
a lo siguiente:
– Al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, corresponden 16 plazas, de las cuales 2
se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, corresponden 20 plazas, de las
cuales 1 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, corresponden 20 plazas, de las cuales 1
se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden 20 plazas, de las cuales 2
se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado
por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios
correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida
por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su
orden de puntuación en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que
se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas
con discapacidad, y en los Reales Decretos por los que se aprueban las ofertas de empleo
público para el año 2021, 2022, 2023 y 2024, las plazas reservadas para las personas con
discapacidad que queden desiertas en el caso de ingreso libre no se podrán acumular al
turno general. En el caso de la promoción interna, las plazas no cubiertas en el cupo de
reserva para personas con discapacidad se acumularán a las del turno general.
En el caso de que las plazas convocadas por promoción interna quedarán vacantes,
no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre, según lo establecido en
el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del
Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
cve: BOE-A-2024-15526
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 96439
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y
se desarrollarán de acuerdo con las siguientes:
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso
General (http://administracion.gob.es), en la sede electrónica del Instituto Nacional de
Administración Pública (https://sede.inap.gob.es), así como en el Portal del empleado
público Funciona.
1.
Descripción de las plazas
1.1 Se convoca el proceso selectivo para cubrir 208 plazas de ingreso libre, y 76
por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado,
código 1111.
El total de las 208 plazas convocadas en ingreso libre se establecen de acuerdo a lo
siguiente:
– Al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, corresponden 5 plazas para ser cubiertas
por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, corresponden 48 plazas, de las
cuales 5 plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, corresponden 95 plazas, de las
cuales 5 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden 60 plazas, de las
cuales 5 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
El total de las 76 plazas convocadas por promoción interna se establecen de acuerdo
a lo siguiente:
– Al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, corresponden 16 plazas, de las cuales 2
se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, corresponden 20 plazas, de las
cuales 1 se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, corresponden 20 plazas, de las cuales 1
se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden 20 plazas, de las cuales 2
se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado
por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios
correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida
por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su
orden de puntuación en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que
se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas
con discapacidad, y en los Reales Decretos por los que se aprueban las ofertas de empleo
público para el año 2021, 2022, 2023 y 2024, las plazas reservadas para las personas con
discapacidad que queden desiertas en el caso de ingreso libre no se podrán acumular al
turno general. En el caso de la promoción interna, las plazas no cubiertas en el cupo de
reserva para personas con discapacidad se acumularán a las del turno general.
En el caso de que las plazas convocadas por promoción interna quedarán vacantes,
no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre, según lo establecido en
el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del
Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
cve: BOE-A-2024-15526
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181