III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2024-15564)
Orden APA/787/2024, de 12 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de vino que regirá durante las campañas 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96591
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
15564
Orden APA/787/2024, de 12 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo
de compraventa de vino que regirá durante las campañas 2024/2025,
2025/2026 y 2026/2027.
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de vino,
formulada por la Organización Interprofesional del Vino de España, OIVE, cumpliéndose
los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo
de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que
se aprueba su Reglamento y de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección
General de Alimentación.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora
de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de
mayo, por el que se aprueba su Reglamento, el contrato-tipo de compraventa de vino, cuyo
texto figura en el anexo de esta orden.
Segundo.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será desde
el 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2027.
cve: BOE-A-2024-15564
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de julio de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96591
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
15564
Orden APA/787/2024, de 12 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo
de compraventa de vino que regirá durante las campañas 2024/2025,
2025/2026 y 2026/2027.
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de vino,
formulada por la Organización Interprofesional del Vino de España, OIVE, cumpliéndose
los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo
de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que
se aprueba su Reglamento y de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección
General de Alimentación.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora
de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de
mayo, por el que se aprueba su Reglamento, el contrato-tipo de compraventa de vino, cuyo
texto figura en el anexo de esta orden.
Segundo.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será desde
el 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2027.
cve: BOE-A-2024-15564
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de julio de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Luis
Planas Puchades.