III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2024-15563)
Orden APA/786/2024, de 12 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de uva con destino a su transformación en vino que regirá durante las campañas 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96583
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
15563
Orden APA/786/2024, de 12 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo
de compraventa de uva con destino a su transformación en vino que regirá
durante las campañas 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de uva con
destino a su transformación en vino, formulada por la Organización Interprofesional del
Vino de España, OIVE, cumpliéndose los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de
enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, y de
conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Alimentación.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero,
reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, contrato-tipo de
compraventa de uva con destino a su transformación en vino que regirá durante las
campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027, cuyo texto figura en el anexo de esta orden.
Segundo.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será desde el 1
de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2027.
Madrid, 12 de julio de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
ANEXO
Contrato-tipo homologado de compraventa de uva con destino
a su transformación en vino (Orden ..........)
En ................................................, a ................ de ......................... de .................
N.º contrato: ..........................................
Vendedor: D. ...................................................., con DNI, .................................. mayor
de edad, con domicilio en ..................................................................................., en
representación y con poderes suficientes de ..........................................................., con
NIF ............................ domiciliada en .................................................. con dirección de
correo electrónico ..........................................., y teléfono de contacto ................................
(en adelante, el «vendedor»).
Comprador: D. ...................................................., con DNI, ............................... mayor
de edad, con domicilio en ................................................................................... en
representación y con poderes suficientes de ......................................................., con
NIF ......................... domiciliada en ......................................................... con dirección de
correo electrónico ............................................. , y teléfono de contacto ..........................
(en adelante, el «comprador»).
cve: BOE-A-2024-15563
Verificable en https://www.boe.es
INTERVINIENTES
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96583
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
15563
Orden APA/786/2024, de 12 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo
de compraventa de uva con destino a su transformación en vino que regirá
durante las campañas 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de uva con
destino a su transformación en vino, formulada por la Organización Interprofesional del
Vino de España, OIVE, cumpliéndose los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de
enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, y de
conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Alimentación.
En su virtud, dispongo:
Primero.
Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero,
reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y en el Real
Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, contrato-tipo de
compraventa de uva con destino a su transformación en vino que regirá durante las
campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027, cuyo texto figura en el anexo de esta orden.
Segundo.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será desde el 1
de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2027.
Madrid, 12 de julio de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
ANEXO
Contrato-tipo homologado de compraventa de uva con destino
a su transformación en vino (Orden ..........)
En ................................................, a ................ de ......................... de .................
N.º contrato: ..........................................
Vendedor: D. ...................................................., con DNI, .................................. mayor
de edad, con domicilio en ..................................................................................., en
representación y con poderes suficientes de ..........................................................., con
NIF ............................ domiciliada en .................................................. con dirección de
correo electrónico ..........................................., y teléfono de contacto ................................
(en adelante, el «vendedor»).
Comprador: D. ...................................................., con DNI, ............................... mayor
de edad, con domicilio en ................................................................................... en
representación y con poderes suficientes de ......................................................., con
NIF ......................... domiciliada en ......................................................... con dirección de
correo electrónico ............................................. , y teléfono de contacto ..........................
(en adelante, el «comprador»).
cve: BOE-A-2024-15563
Verificable en https://www.boe.es
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