II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carreras Judicial y Fiscal. (BOE-A-2024-15522)
Acuerdo de 23 de julio de 2024, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se disponen las medidas necesarias para el impulso y desarrollo del tercer ejercicio de la oposición convocada por Acuerdo de 27 de octubre de 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 96433
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: http://www.segsocial.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/7332
II. Finalizado el tercer ejercicio por parte de todos los Tribunales, la Comisión de
Selección publicará la lista definitiva de las personas que han superado la oposición
(apartado D.10 de la base octava) con expresión de la plaza obtenida en la Escuela
Judicial o en el Centro de Estudios Jurídicos, requiriéndoles para que a partir de ese
momento (y no antes) presenten en el lugar que se indicará la documentación
acreditativa de las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria en la base tercera
apartado quinto y no acreditados.
Esos documentos que ahora se relacionan a los solos efectos de conocimiento (y
que no se deben adjuntar al modelo de opción, sino que se aportarán en su momento
cuando sean requeridos) son:
1. Partida de nacimiento, literal o en extracto.
2. Certificado médico oficial acreditativo de no padecer ninguna enfermedad o
disminución física ni psíquica que le incapaciten para el ejercicio de la función
jurisdiccional o fiscal.
3. Juramento o promesa de observar el régimen de incompatibilidades establecido
en los artículos 389 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, y 57 y siguientes de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el
Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (en el momento oportuno estará disponible en la
web un modelo al efecto).
cve: BOE-A-2024-15522
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 96433
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: http://www.segsocial.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/7332
II. Finalizado el tercer ejercicio por parte de todos los Tribunales, la Comisión de
Selección publicará la lista definitiva de las personas que han superado la oposición
(apartado D.10 de la base octava) con expresión de la plaza obtenida en la Escuela
Judicial o en el Centro de Estudios Jurídicos, requiriéndoles para que a partir de ese
momento (y no antes) presenten en el lugar que se indicará la documentación
acreditativa de las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria en la base tercera
apartado quinto y no acreditados.
Esos documentos que ahora se relacionan a los solos efectos de conocimiento (y
que no se deben adjuntar al modelo de opción, sino que se aportarán en su momento
cuando sean requeridos) son:
1. Partida de nacimiento, literal o en extracto.
2. Certificado médico oficial acreditativo de no padecer ninguna enfermedad o
disminución física ni psíquica que le incapaciten para el ejercicio de la función
jurisdiccional o fiscal.
3. Juramento o promesa de observar el régimen de incompatibilidades establecido
en los artículos 389 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, y 57 y siguientes de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el
Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (en el momento oportuno estará disponible en la
web un modelo al efecto).
cve: BOE-A-2024-15522
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181