III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-15488)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Privada Europea de Valencia, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Viernes 26 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96003

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
15488

Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Privada Europea de Valencia,
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.

Habiéndose suscrito el 16 de julio de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y la Universidad Privada Europea de Valencia para el desarrollo de prácticas académicas,
investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de julio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Privada Europea
de Valencia para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
Madrid, 16 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en
los artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 Madrid.
Y de otra parte, doña María Rosa Sanchidrián Pardo, en nombre y representación de
la Universidad Europea de Valencia, en su condición de Rectora, que actúa en nombre y
representación de la Universidad en virtud de su nombramiento por el Órgano
de Administración de la entidad con efectos 15 de enero de 2020 y haciendo uso de las
atribuciones que tiene conferidas por el artículo 10 del Decreto 95/2015, de 19 de junio,
del Consell por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de
la Universidad.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1. 29.ª de la Constitución Española establece que
el Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva
del Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto,
al Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica

cve: BOE-A-2024-15488
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Primero.