III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-15487)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Privada Europea de Canarias, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 95993
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15487
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Privada Europea de Canarias,
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
Habiéndose suscrito el 16 de julio de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y la Universidad Privada Europea de Canarias para el desarrollo de prácticas
académicas, investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de julio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Privada Europea
de Canarias para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
Madrid, 16 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en
los artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 Madrid.
Y de otra parte, doña Cristiana Daniela Pereira de Oliveira, en nombre y
representación de la Universidad Europea de Canarias, en su condición de Rectora, que
actúa en nombre y representación de la Universidad en virtud de su nombramiento por
el Órgano de Administración de la entidad con efectos 1 de diciembre de 2015 y
haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 26 del
Decreto 95/2021, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se aprueban
las normas de organización y funcionamiento de la Universidad.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española establece que
el Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva
del Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto,
al Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
cve: BOE-A-2024-15487
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Primero.
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 95993
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15487
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Privada Europea de Canarias,
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
Habiéndose suscrito el 16 de julio de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y la Universidad Privada Europea de Canarias para el desarrollo de prácticas
académicas, investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de julio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Privada Europea
de Canarias para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
Madrid, 16 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en
los artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 Madrid.
Y de otra parte, doña Cristiana Daniela Pereira de Oliveira, en nombre y
representación de la Universidad Europea de Canarias, en su condición de Rectora, que
actúa en nombre y representación de la Universidad en virtud de su nombramiento por
el Órgano de Administración de la entidad con efectos 1 de diciembre de 2015 y
haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 26 del
Decreto 95/2021, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se aprueban
las normas de organización y funcionamiento de la Universidad.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española establece que
el Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva
del Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto,
al Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
cve: BOE-A-2024-15487
Verificable en https://www.boe.es
Primero.