III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-15489)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Alzira, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96013
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15489
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Alzira, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 15 de julio de 2024 el Convenio entre la Secretaría de Estado
de Seguridad (Dirección General de la Policía Nacional) y el Ayuntamiento de Alzira
(Valencia) en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de julio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Policía) y el Ayuntamiento de Alzira (Valencia) en materia de seguridad
En Madrid, a 15 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruíz, Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio del
Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de lo previsto en el
artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
con domicilio a los efectos del presente convenio en C/ Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Alfons Domínguez Gento, Alcalde del Ayuntamiento de Alzira
(en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de
junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en Carrer Sant Roc, 6, de Alzira (Valencia), CP 46600.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y,
a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo el 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado,
correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al Ministerio del
Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, le corresponde la preparación y ejecución de la política
del Gobierno en relación con la Administración General de la seguridad ciudadana, la
cve: BOE-A-2024-15489
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Primero.
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96013
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15489
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Alzira, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 15 de julio de 2024 el Convenio entre la Secretaría de Estado
de Seguridad (Dirección General de la Policía Nacional) y el Ayuntamiento de Alzira
(Valencia) en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de julio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Policía) y el Ayuntamiento de Alzira (Valencia) en materia de seguridad
En Madrid, a 15 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruíz, Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio del
Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de lo previsto en el
artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
con domicilio a los efectos del presente convenio en C/ Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Alfons Domínguez Gento, Alcalde del Ayuntamiento de Alzira
(en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de
junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en Carrer Sant Roc, 6, de Alzira (Valencia), CP 46600.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y,
a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo el 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado,
correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al Ministerio del
Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, le corresponde la preparación y ejecución de la política
del Gobierno en relación con la Administración General de la seguridad ciudadana, la
cve: BOE-A-2024-15489
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Primero.