II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-15364)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

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que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W»,
y así sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la resolución de la Secretaría
de Estado y Función Pública de 27 de julio de 2023 (BOE del 29 de julio), por la que se
publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración del Estado, salvo que al tiempo de publicación
de las listas provisionales de admitidos y excluidos se haya realizado y publicado el
resultado del nuevo sorteo de la letra derivado de la Oferta de Empleo Público para el
año 2024, en cuyo caso será la letra resultante del mismo la que se utilizará para
determinar el orden de actuación de las personas aspirantes.
2.4

Comunicaciones.

La presente resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en
la página web de la seguridad social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información
útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano
www.administracion.gob.es. Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás
incidencias la dirección de correo electrónico es procesosselectivos@inclusion.gob.es.
3.
3.1

Participantes

Titulación.

Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, o Grado en Derecho, o en
condiciones de obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
3.2

Nacionalidad.

Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española según lo
establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
3.3

Situación de embarazo de riesgo o parto.

Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a
causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente y, en
todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la
relación de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Tribunal

Se publicará un breve currículum de cada uno de los miembros del Tribunal.
Además, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para
la prueba de idioma.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Si en cualquier momento del procedimiento el Tribunal tuviera conocimiento de que
alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado/a deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho las personas
opositoras que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor,
justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán

cve: BOE-A-2024-15364
Verificable en https://www.boe.es

4.