II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-15362)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

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Tercera.
Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud de la siguiente documentación:
a) Curriculum vitae, en formato normalizado, en el que consten los títulos
académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y
cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y
competencias profesionales. Los aspirantes podrán valerse de estándares europeos
(https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv).
b) Escrito en el que justifique su idoneidad para el puesto al que aspira, en relación
con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
c) Cuestionario de autoevaluación recogido en el anexo III.
Cuarta.
Mediante resolución de la Subdirección General de Recursos Humanos se designará
un mínimo de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante
durante la resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
Quinta.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán
entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la
asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más
ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los
aspirantes con una antelación mínima de 48 horas.
Sexta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante
los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto en el
artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de
reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

cve: BOE-A-2024-15362
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 19 de julio de 2024.–El Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa, Israel Arroyo Martínez.