I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. Precios. (BOE-A-2024-15349)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 28 de junio de 2024, por la que se fijan los precios del combustible gas natural del año 2023 a aplicar en la liquidación de dicho ejercicio de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 95137

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
15349

Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 28 de junio de
2024, por la que se fijan los precios del combustible gas natural del año 2023
a aplicar en la liquidación de dicho ejercicio de los grupos generadores
ubicados en los territorios no peninsulares.

Se ha advertido en la Resolución de la Dirección General de Política Energética y
Minas, por la que se fijan los precios del combustible gas natural del año 2023 a aplicar
en la liquidación de dicho ejercicio de los grupos generadores ubicados en los territorios
no peninsulares, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 8 de julio de 2024
y número 164, un error material aritmético en el precio de la materia prima a partir de los
datos publicados en el Mercado Ibérico del Gas (MIBGAS).
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece
que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a
instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en
sus actos, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 84845, donde dice:
«Ene-23: 59,266.
Feb-23: 52,269.
Mar-23: 43,549.
Abr-23: 37,821.
May-23: 28,705.»
Debe decir:
«Ene-23: 58,990.
Feb-23: 52,161.
Mar-23: 43,376.
Abr-23: 37,513.
May-23: 28,463.»

«Jun-23: 30,667.
Jul-23: 30,262.
Ago-23: 33,605.
Sep-23: 36,628.
Oct-23: 42,814.
Nov-23: 38,514.
Dic-23: 34,505.»
Debe decir:
«Jun-23: 30,690.
Jul-23: 30,257.
Ago-23: 33,640.
Sep-23: 36,476.

cve: BOE-A-2024-15349
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En la página 84846, donde dice: