III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-15398)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica la prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la realización de las pruebas de acceso a la profesión de la abogacía y la procura en la lengua cooficial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

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Segundo.
Según la cláusula primera de este convenio su objeto es establecer las bases de
colaboración para facultar que la prueba de acceso al ejercicio de las profesiones de la
abogacía y procura pueda hacerse, indistintamente, en castellano o en euskera, en
función de la libre decisión del aspirante.
Tercero.
Según la cláusula quinta el presente convenio tendrá efectos de cuatro años
naturales a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» en los términos del
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y será prorrogable a su término por igual periodo mediante adenda expresa, que deberá
formalizarse con un mes de antelación a la expiración del convenio.
Cuarto.
Las partes manifiestan su interés en el mantenimiento de las actividades que son
objeto del convenio, suscrito con fecha 14 de julio de 2020 (BOE 11 de agosto de 2020).
En virtud de lo expuesto el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes y la Comunidad Autónoma del País Vasco acuerdan suscribir la presente adenda
de prórroga del convenio, con arreglo a la siguiente
CLÁUSULA
Única.

Prórroga del convenio.

El objeto de la adenda es prorrogar por cuatro años la vigencia del Convenio entre el
Ministerio de Justicia y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País
Vasco para la realización de las pruebas de acceso a la profesión de la abogacía y la
procura en la lengua cooficial. Manteniéndose el resto de lo convenido en todos sus
extremos.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos a
partir del día 12 de agosto de 2024, previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. También será
objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-15398
Verificable en https://www.boe.es

Y de conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son
titulares los/las firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de prórroga al
convenio arriba indicado.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo
Palacios.–La Consejera de Justicia y Derechos Humanos, María Jesús Carmen San
José López.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X