II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2024-15274)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 94735

5.8 El Tribunal publicará en la página web del Portal del ciudadano
www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones un cronograma orientativo con las fechas de realización de los procesos
selectivos.
5.9 Las plantillas correctoras de las pruebas con respuestas alternativas se harán
públicas en el plazo máximo de dos días hábiles contados desde la finalización de la
prueba. En el plazo de dos días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las
plantillas podrán presentarse alegaciones a través los medios indicados por el Tribunal
Calificador, que se entenderán contestadas mediante la publicación de las plantillas
correctoras definitivas. No se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por
cualquier otro medio distinto del indicado.
5.10 Se habilita al Tribunal para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas o de alguna de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a
seguir de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales para hacer accesibles los
procesos mediante la territorialización, siempre que el número y distribución de las
personas admitidas lo permita.
Asimismo, siempre que ello sea posible en función del tipo de pruebas y el número
de personas aspirantes, se habilita al Tribunal para acumular la celebración de las
diferentes pruebas en un mismo día y lugar de celebración.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su
sede en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, paseo de la
Castellana, 63 C, teléfono 91 363 03 80, dirección de correo electrónico:
provisionlaborales@missm.inclusion.gob.es.
5.12 Las referencias realizadas en la presente convocatoria al Tribunal deben
entenderse hechas a cada uno de los Tribunales que se constituyan. Podrá nombrarse
un Tribunal para los procesos correspondientes a cada grupo profesional, en cada turno
de acceso. Asimismo, un mismo Tribunal podrá nombrarse para los procesos de varios
grupos profesionales. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se
iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la
Resolución de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), de la
Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a
que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado.
6.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer
apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas a cada ejercicio de la fase de
oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no
comparezcan.
6.4 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública,
en los medios citados en la base 1.1, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida por cada
especialidad y, en su caso, programa del anexo IV.
6.5 En el caso del proceso selectivo de promoción interna, las personas aspirantes
que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días
hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se
les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser
alegados y que se recogen en el anexo V y anexo VII, respecto de cada especialidad
convocada. Dicho plazo de veinte días hábiles podrá reducirse a la mitad en aplicación

cve: BOE-A-2024-15274
Verificable en https://www.boe.es

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