II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2024-15274)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024
2.

Sec. II.B. Pág. 94800

Titulación y formación requerida relación de plazas convocadas

De acuerdo con lo establecido en la base 2.1.4 de esta convocatoria, las titulaciones
requeridas para la participación en este proceso selectivo son las que se enumeran a
continuación o, en su caso, aquellas equivalentes en materia académica y profesional
correspondientes con el ejercicio de la profesión a la que se pretende acceder, en
cumplimiento del artículo 10 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de
la Administración General del Estado.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 690/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el Título de Técnico Superior
en Proyectos de Edificación y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 636/2015, de 10 de julio, por el que se establece el Título de Técnico Superior
en Organización y Control de Obras de Construcción y se fijan los aspectos básicos del
currículo.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 883/2011, de 24 de junio, por el que se establece el Título de Técnico Superior
en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 1127/2010, de 10 de septiembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 1578/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Mantenimiento Electrónico y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 174/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el Título de Técnico Superior
en Construcciones Metálicas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 1579/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Diseño y Amueblamiento y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 220/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos y se fijan sus
enseñanzas mínimas.
Las equivalencias a esta titulación se encuentran reguladas en el Real
Decreto 219/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos y se fijan
sus enseñanzas mínimas.

Técnico Superior en Proyectos de Edificación o
Técnico Superior en Organización y Control de
Obras de Construcción o Técnico Superior en
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos o
Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y
Automatizados o Técnico Superior en
Mantenimiento Electrónico o Técnico Superior en
Construcciones Metálicas o Técnicos Superior en
Diseño y Amueblamiento o Técnico Superior en
Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de
Fluidos o Técnico Superior en Desarrollo de
Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.

Formación específica (en su caso)

cve: BOE-A-2024-15274
Verificable en https://www.boe.es

Titulación requerida