II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2024-15274)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 94739

aspirantes. La provincia seleccionada por las personas aspirantes será la que se tenga
en cuenta, preferentemente, para la confección de las relaciones de candidatos a las que
se refiere la base 8.1.
En el recuadro 21, «Discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad
podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar,
expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que
deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con
discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se
posea y que habilite para presentarse a las pruebas.
En el recuadro 26, «Otros títulos», se consignará, en su caso, la posesión de la
formación específica exigida en el anexo VII de la convocatoria.
El importe de la tasa por derechos de examen serán las que se consignan en el
cuadro adjunto en el que indica su importe en euros según la categoría de las plazas
convocadas y la reducción del 50 % para las familias numerosas de categoría general:
Turno libre
Grupo Profesional

General

Reducción 50 %

M3

31,10

15,55

M2

23,33

11,67

M1

15,57

7,79

E2

11,66

5,83

E1

9,32

4,66

Promoción interna
Grupo Profesional

General

Reducción 50 %

M3

15,55

7,78

M2

11,67

5,84

M1

7,79

3,90

E2

5,83

2,92

E1

4,66

2,33

Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento
explícito de la persona solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición
mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la reseña de la convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

cve: BOE-A-2024-15274
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Núm. 178