III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-15332)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Isabel I, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 95035

Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,
EXPONEN
I. Con fecha 7 de marzo de 2022 (BOE de 17 de mayo de 2022) se suscribió el
Convenio entre la Universidad Isabel I y la Intervención General de la Administración del
Estado para la realización de prácticas académicas externas.
II. La cláusula décima del citado convenio establece que la modificación del
contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente
competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
Primera.

Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es la modificación de las cláusulas sexta y séptima
del convenio.
Segunda. Modificación de la cláusula sexta del Convenio entre la Universidad Isabel I y
la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.
La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo:
«La Universidad Isabel I y la Intervención General de la Administración del
Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este
documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación
alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se
establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas,
la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, se acuerda que la obligación de
alta y cotización en la Seguridad Social corresponde a la Universidad.»
Tercera.

Modificación de la cláusula séptima del convenio.

«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante
la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será
asumida, exclusivamente, por la Universidad en aquellos casos no cubiertos por la
seguridad social.
La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir
los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el
periodo de duración.»

cve: BOE-A-2024-15332
Verificable en https://www.boe.es

La cláusula séptima queda redactada del siguiente modo: