II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Personal laboral. (BOE-A-2024-15276)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión del puesto de Director/a de Competencia.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 94820

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
15276

Resolución de 12 de julio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión
del puesto de Director/a de Competencia.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y en el Real
Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico,
Esta Comisión resuelve anunciar la convocatoria del proceso selectivo para proveer
el puesto de trabajo de Director/a de Competencia, dada la renuncia voluntaria de su
ocupante, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.

Características del puesto.

El puesto objeto de la presente convocatoria es el correspondiente al puesto de
Director/a de Competencia de la CNMC, siendo el lugar de desempeño Madrid.
El Director/a de Competencia ostenta la jefatura de la Dirección de Competencia y
ejerce todas las competencias que le atribuye la Ley 3/2013, de 4 de junio, y resto de
normativa aplicable. En particular, la Dirección de Competencia es el órgano encargado
de la instrucción de expedientes relativos a las funciones previstas en el artículo 5 de la
citada Ley 3/2013 y en el artículo 19 del Estatuto Orgánico de la CNMC.
El Director/a de Competencia tiene la condición de alto cargo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 1.2.f) de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio
del alto cargo de la Administración General del Estado.
Del titular de la Dirección de Competencia dependen la Subdirección de Industria y
Energía, Subdirección de Sociedad de la Información, Subdirección de Servicios,
Subdirección de Cárteles y Clemencia y Subdirección de Vigilancia.
Segunda. Régimen de contratación.

Tercera.

Requisitos de las personas aspirantes.

a) Titulación universitaria.
b) Capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las funciones
del puesto de alta dirección.

cve: BOE-A-2024-15276
Verificable en https://www.boe.es

La persona seleccionada para cubrir la plaza de personal directivo que se convoca
estará sometida a la relación laboral de carácter especial de alta dirección, suscribiendo
en consecuencia un contrato de trabajo, según lo establecido en el Real
Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los
máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.