I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-15212)
Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 94392

i) El desempeño de las funciones de interlocutor único ante la Comisión Europea
para aquellas cuestiones relativas a la innovación vinculadas a la Asociación Europea
para la Innovación «Productividad y sostenibilidad agrícolas» (EIP-AGRI) y de punto
focal de la red AEI-AGRI en el ámbito europeo, así como ostentar la representación del
Departamento en el subgrupo de innovación e intercambio de conocimiento de la red
PAC y coordinar el diseño, puesta en práctica y gestión de las ayudas a la innovación al
amparo de la programación de desarrollo rural.
j) El desarrollo y ejercicio de las competencias del Departamento en materia de
Bioeconomía.
k) El ejercicio de las funciones del Departamento en materia de organización,
fortalecimiento, coordinación y dinamización de los sistemas de asesoramiento, e
intercambio del conocimiento e información en los sectores agroganadero, alimentario y
de desarrollo rural, así como la puesta en marcha y mantenimiento de los instrumentos
necesarios a escala nacional para cumplir estos objetivos.
l) La coordinación e interlocución con los departamentos y autoridades competentes
con el mundo científico y del conocimiento para contribuir a las necesidades de
asesoramiento del sector agroalimentario y del medio rural, en el ámbito de las
competencias del Departamento, y el diseño, puesta en práctica y gestión de líneas de
ayuda destinadas al asesoramiento e intercambio de información en dichos sectores.
m) El diseño, puesta en práctica y gestión de líneas de ayudas destinadas al
intercambio de conocimiento e información en los sectores agroganadero, alimentario y
de desarrollo y emprendimiento rural en el ámbito de las competencias del
Departamento.
n) La colaboración con la Red Nacional PAC en el ámbito del desarrollo rural, sin
perjuicio de las competencias de la autoridad de gestión y coordinación del Plan
Estratégico de la PAC.
ñ) El diseño, desarrollo y ejecución de las medidas que promuevan condiciones de
igualdad y la incorporación de las mujeres a la actividad agraria y alimentaria y a sus
órganos de gobernanza, al emprendimiento y a los sectores económicos del medio rural,
y, en particular, las relativas a la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad
compartida de las explotaciones agrarias, así como aquellas otras que contribuyan a
crear mejores condiciones de vida y empleo para las mujeres.
o) El diseño, la coordinación, el desarrollo y ejecución de medidas para impulsar el
relevo generacional en el sector agroalimentario y el medio rural, en el ámbito de
competencias del Departamento.
p) El desarrollo y ejecución de las acciones en favor del acceso a la tierra y la
movilización de las tierras agrarias infrautilizadas.
q) La relación con las redes de grupos de acción local y la coordinación de las
actuaciones destinadas al apoyo y dinamización del enfoque LEADER de la PAC.
r) El ejercicio de las funciones de Autoridad de Gestión del Programa Nacional de
Desarrollo Rural 2014-2022 y la coordinación de las intervenciones supraautonómicas
del Plan Estratégico de la PAC, sin perjuicio de las competencias de la autoridad de
gestión y coordinación del Plan Estratégico de la PAC.
s) El seguimiento y coordinación de los Instrumentos Financieros, con especial
relevancia del impulso del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía
de Cartera (IFGC-G), así como el Instrumento Financiero de Reafianzamiento (IFGC-R),
mediante la Unidad Técnica de Instrumentos Financieros Feader (UTIF).
t) La coordinación de la contribución del Departamento a la política de reto
demográfico.
u) El diseño, ejecución y coordinación de las competencias de la Administración
General del Estado en materia de regadíos e infraestructuras rurales de interés general
en el ámbito de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario y, en particular, la planificación,
coordinación, ejecución, modernización y seguimiento de los planes de regadíos y de
sus instrumentos, y de las actuaciones de gestión, construcción, mejora y difusión del
Programa de Caminos Naturales.

cve: BOE-A-2024-15212
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Núm. 178