I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Sanidad exterior. (BOE-A-2024-15204)
Orden PJC/756/2024, de 22 de julio, por la que se delimitan las actuaciones a realizar en los servicios de control oficial en frontera dependientes funcionalmente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del Ministerio de Sanidad.
133 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Miércoles 24 de julio de 2024
Código NC
Designación de la mercancía
Sec. I. Pág. 94215
Tipo de
mercancía
Control
Países de origen/
Procedencia
Observaciones [ver nota (i)]
1904 10
– Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado.
1904 10 10
– – A base de maíz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1904 10 30
– – A base de arroz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1904 10 90
– – Los demás.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 20
– Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de
cereales tostados o cereales inflados.
1904 20 10
– – Preparaciones a base de copos de cereales, sin tostar, del tipo Müsli.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
– – Las demás.
1904 20 91
– – – A base de maíz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 20 95
– – – A base de arroz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 20 99
– – – Las demás.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 30 00
– Trigo bulgur.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 90
– Los demás.
1904 90 10
– – A base de arroz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 90 80
– – Los demás.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1905
Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para
medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares.
1905 10 00
– Pan crujiente llamado Knäckebrot.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 20
– Pan de especias.
1905 20 10
– – Con un contenido de sacarosa, incluido el azúcar invertido calculado en sacarosa, inferior al 30 % en peso.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 20 30
– – Con un contenido de sacarosa, incluido el azúcar invertido calculado en sacarosa, superior o igual al 30 % pero inferior al 50 %
en peso.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 20 90
– – Con un contenido de sacarosa, incluido el azúcar invertido calculado en sacarosa, superior o igual al 50 % en peso.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 31
– – Galletas dulces (con adición de edulcorante).
– – – Total o parcialmente recubiertos o revestidos de chocolate o de otras preparaciones que contengan cacao.
Ver nota (ii).
cve: BOE-A-2024-15204
Verificable en https://www.boe.es
– Galletas dulces (con adición de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenos (gaufrettes, wafers) y waffles (gaufres).
Ver nota (ii).
Núm. 178
Miércoles 24 de julio de 2024
Código NC
Designación de la mercancía
Sec. I. Pág. 94215
Tipo de
mercancía
Control
Países de origen/
Procedencia
Observaciones [ver nota (i)]
1904 10
– Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado.
1904 10 10
– – A base de maíz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1904 10 30
– – A base de arroz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1904 10 90
– – Los demás.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 20
– Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de
cereales tostados o cereales inflados.
1904 20 10
– – Preparaciones a base de copos de cereales, sin tostar, del tipo Müsli.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
– – Las demás.
1904 20 91
– – – A base de maíz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 20 95
– – – A base de arroz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 20 99
– – – Las demás.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 30 00
– Trigo bulgur.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 90
– Los demás.
1904 90 10
– – A base de arroz.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1904 90 80
– – Los demás.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
1905
Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para
medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares.
1905 10 00
– Pan crujiente llamado Knäckebrot.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 20
– Pan de especias.
1905 20 10
– – Con un contenido de sacarosa, incluido el azúcar invertido calculado en sacarosa, inferior al 30 % en peso.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 20 30
– – Con un contenido de sacarosa, incluido el azúcar invertido calculado en sacarosa, superior o igual al 30 % pero inferior al 50 %
en peso.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 20 90
– – Con un contenido de sacarosa, incluido el azúcar invertido calculado en sacarosa, superior o igual al 50 % en peso.
PONA.
AGRIM.
TODOS.
Ver nota (ii).
1905 31
– – Galletas dulces (con adición de edulcorante).
– – – Total o parcialmente recubiertos o revestidos de chocolate o de otras preparaciones que contengan cacao.
Ver nota (ii).
cve: BOE-A-2024-15204
Verificable en https://www.boe.es
– Galletas dulces (con adición de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenos (gaufrettes, wafers) y waffles (gaufres).
Ver nota (ii).