II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Destinos. (BOE-A-2024-15112)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia, de la Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se otorgan destinos al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses, turno libre, que ha superado el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

Sec. II.A. Pág. 93695

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
15112

Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia, de la
Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se otorgan
destinos al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses, turno libre,
que ha superado el proceso selectivo convocado por la Orden
JUS/1287/2022, de 22 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al
servicio de la Administración de justicia, se ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
que se relacionan en el anexo a los/las integrantes del Cuerpo de Médicos Forenses
nombrados/as funcionarios/as de carrera por Orden de 17 de julio de 2024, teniendo en
cuenta lo siguiente:
Primero.
Los/Las funcionarios/as del cuerpo de médicos forenses a los/las que se les otorga
destino en esta resolución deberán tomar posesión de su cargo en el correspondiente
departamento territorial de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes dentro del
plazo de veinte (20) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29 del citado real decreto y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Segundo.
Una vez diligenciada la toma de posesión se remitirán ejemplares del documento
F1R para que se proceda a las oportunas variaciones en nómina: uno de ellos será
enviado al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y
Promoción del Personal de la Administración de Justicia, otro ejemplar será entregado
al/a la interesado/a y otro quedará para constancia en el órgano.
Tercero.
El personal funcionario interino que actualmente ocupe plazas que hayan sido
adjudicadas a los aspirantes aprobados cesará el mismo día en que se produzca la toma
de posesión del titular.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de
la Administración pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al
servicio de la Administración de Justicia en virtud del artículo 498 de la Ley
orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, reformado por Ley orgánica 19/2003,
de 23 de diciembre, aquellos/as participantes que ostenten ya la condición de
funcionarios/as de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

cve: BOE-A-2024-15112
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.